Para la resolución de problemas e incidentes en la Web, el Consejo de Cuervos (nuestro órgano de administración) sigue un procedimiento estándar que intenta garantizar que todas las partes son escuchadas.
1) Por el mero hecho de ser miembro de esta Web, todos los umbrianos aceptan expresamente someterse al arbitrio del Consejo de Cuervos para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en el marco de esta Web.
2) Los procedimientos sancionadores se abrirán normalmente a instancia de un umbriano. La forma de interponer una denuncia es a través de una incidencia y de ningún modo a través del foro. El denunciante conservará su anonimato pero debe aportar pruebas concluyentes sobre la infracción de una norma. Al denunciado siempre se le explicarán los motivos de la sanción y se le dará opción a réplica.
3) El Consejo de Cuervos puede abrir un proceso sancionador de oficio en caso de que detecte algún comportamiento contrario a las normas.
4) Una vez iniciado el procedimiento sancionador el Consejo de Cuervos nombrará a un administrador que actuará como instructor y único enlace entre el Consejo de Cuervos y los umbrianos implicados, y que se pondrá en contacto inmediatamente con las partes para informarles de la apertura del caso y para ofrecerles la oportunidad de alegar lo que estimasen oportuno, alegaciones que podrán ser ampliadas en todo momento hasta que la resolución final sea dictada.
El Consejo de Cuervos se abstendrá de comenzar las deliberaciones hasta que haya recibido estas alegaciones o hayan pasado 72 horas desde que se informó a las partes de la apertura del proceso. Si tras 72 horas una de las partes no hace alegación alguna se entenderá que no tiene nada que alegar pudiendo el Consejo de Cuervos comenzar con las deliberaciones (aunque esto no impedirá que esta parte pueda hacer alegaciones posteriormente, siempre antes de que se dicte la resolución final). El caso será siempre juzgado por el Consejo de Cuervos en pleno, para garantizar el punto de vista más amplio posible sobre el problema a resolver.
5) Las sanciones aplicables serán 3, por orden ascendente de gravedad:
- Tarjeta amarilla: Implica un aviso serio.
- Tarjeta roja: Implica la expulsión total durante un mes y un día.
Una vez transcurrido el anterior plazo se abrirá un período de prueba, también de un mes y un día de duración, durante el cual el usuario amonestado podrá únicamente participar en las partidas, pero sin la posibilidad de crearlas.
A partir del momento de serle notificada la tarjeta roja todo sancionado dispondrá de un período de gracia de 3 días para poner en orden sus asuntos antes de que el baneo se haga efectivo.
- Expulsión definitiva de la Web.
Las decisiones del Consejo de Cuervos serán tomadas por mayoría simple de los administradores presentes, siendo necesario que para la imposición de cualquiera de las sanciones exista un quorum mínimo de 5 administradores, optándose siempre por la sanción mas leve (o la absolución) en caso de empate.
6) El Consejo de Cuervos podrá cerrar o eliminar un hilo del foro, partida o cualquier comentario en la web de forma cautelar y en todo momento, mientras se decide sobre un asunto, sin que esto suponga necesariamente el que vaya a ser impuesta sanción alguna al respecto.
7) El Consejo de Cuervos tendrá la obligación de motivar sus resoluciones y asimismo deberá emitir una resolución sobre cualquier denuncia presentada, no pudiendo dejar una denuncia sin respuesta. No obstante y evidentemente, no todas las denuncias tienen por que terminar en sanción.
8) Las resoluciones del Consejo de Cuervos serán siempre firmes e irrecurribles.
9) Los hechos sancionables con aviso o tarjeta amarilla, prescribirán a los seis meses. Los hechos sancionables con tarjeta roja o expulsión, no prescribirán. No obstante, que un hecho prescriba significa exclusivamente que el autor no será sancionado, reservándose el Consejo cualquier otra medida destinada a reparar el error.