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Caso Borja, ¿ Se debe modificar la ley para amparar a aquellas personas que actúan ante un crimen?

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17/07/2019, 17:45

 Tal y como esta la legislación española el ·"Héroe del monopatín" estaría siendo juzgado por atacar a los terroristas.

Una persona joven y voluntariosa actúa de forma desinteresada poniendo en riesgo su integridad personal para evitar un crimen y recuperar las posesiones de la persona agredida y ante un fatal desenlace  la justicia se vuelca contra la persona  que ayuda y en favor del criminal. ¿Es esto justo? Ante esta sentencia como debemos actuar ante un futuro hecho así. ¿Llamas al 112 y te apartas y dejas que pase lo que tenga que pasar? 

 Me gustaría conocer la opinión del respetable. 

 

17/07/2019, 17:50

Lo primero que opino es que deberías cambiar lo de "terroristas". Por aquello de no llevar a la gente que no conozca el caso a confusión.

Ahora no tengo tiempo de explayarme, pero quizá cuando encuentre un rato ponga un par de cosas que he reflexionado.

rahel
 
17/07/2019, 17:56

Mmmmm no todo es blanco o negro, ya sabéis. Pero el tema está en que ha matado. Accidentalmente y en defensa de otro (o más bien de sus posesiones). Pero ha matado.

La cuestión es ¿queremos un lugar donde la gente se tome la "justicia" por su mano? No digo que haya que quedarse impasibles, pero hay muchos matices en este caso. Bueno, en este y en casi todos los que la prensa nos pone delante. 

El "héroe del monopatin" estaba defendiendo la vida de las personas y la suya propia frente a gente armada, no los bolsos. Me parece una comparativa cruel, tramposa e incluso insultante para el muchacho. 

 

17/07/2019, 18:13
Editado: 17/07/2019, 18:21

 Tal y como esta la legislación española el ·"Héroe del monopatín" estaría siendo juzgado por atacar a los terroristas.

Falso..pero falso e injusto. Y te lo tienes que hacer mirar. Porque mientes.

Un terrorista está armado y tu vida corre peligro. Si te lees la sentencia y los hechos que se consideran probados verás que es muy diferente a como nos lo han contado algunos medios.

  • Para que exista legítima defensa propia o ajena(pq puedes defender a otro) debe existir una agresión. Él que robó el bolso lo había hecho hace ya un tiempo, para recuperarlo como si fueras el sheriff..tienes que ser precisamente eso, policía! Solo puedes retenerlo sin poner en riesgo su vida, y si te agrede, responder. 
  • Nuestro autoproclamado sheriff le dio una ostia en la cabeza y otra en la garganta cuello sin previa agresión. Ambos golpes según el informe son ya  mortales y el propio informe forense así lo dice.
  • No hay indicio alguno que el ladrón del bolso agrediera al condenado antes que le soltara dos golpes mortales. Así de fresco.
  • Nuestro sheriff atacó con violencia a la víctima y se piró dejándola en el suelo inconsciente negándole auxilio alguno por su parte.
  • Muy distinto hubiera sido que hubiera intervenido DURANTE la agresión del fallecido, pero no, fue después a perseguir el bolso y al ladrón y la bronca fue ahí. La sentencia tiene en cuenta este hecho, que está lejos de ser fortuito y habla de la intención.

La sentencia es una joya y está medida al milímetro. Hay numerosos testigos que han prestado declaración, en fin, antes de decir tonterías mejor leerse las cosas.

https://es.scribd.com/document/417846593/SENTENCIA-402-2018-JUZGADO-DE-LO-PENAL-No-9-MALAGA#download&from_embed

 

17/07/2019, 18:22

En cualquier caso, se le ha acusado de homicidio imprudente, puesto que ha habido un homicidio debe haber un castigo. El juez tiene que condenarle, ya que como apunta nihmedu, la fuerza que ejerció el justiciero no fue proporcional a la que la pareja de agresores tenía.

El juez, le condena a menos de dos años de cárcel por lo que, al no tener antecedentes penales no tiene que entrar en la cárcel, a cambio de estar al margen de cualquier acto criminal por nimio que sea durante -noscuantos- años.

Ahora bien... no sé de qué trabajaba el ladrón aparte de robar bolsos para que la familia pida una indemnización, pero dada la reprochable actividad durante la que sufrió la muerte, y dado que seguramente no tenía mutua laboral aseguradora en este ilegítimo oficio, no veo que deban recibir nada, y mucho menos la cantidad que exigen que bien seguro el muchacho no dispondrá de ella, y mucho menos aún una compensación del estado.

Y esto me lleva a preguntar también, si considerais justa la acusación de los padres de Julen contra el propietario del pozo, cuyo juicio está ahora bastante caliente también, y al que lanzan unas exigencias igual de desmesuradas acusándole igual por homicidio.

17/07/2019, 18:26
Editado: 17/07/2019, 18:29

No se si a ti te parece que le pedimos, lo que le pedimos, a los policías por capricho, pero no, no y no.
La ley debe ser justa, reglada y nunca venganza. Los justicieros esporádicos son arbitrarios, no siguen normas y actuan por venganza el 90% de las veces, casi nunca de forma proporcionada y como este caso hacen lo que les sale de los huevos como le sale de los huevos y acaba todo mucho peor de como emepzó.
Si un hurto menor merece una paliza y tú lo ves normal, pues estamos condenados a no estar de acuerdo, pero yo creo que si buscas proporcionalidad no la vas a encontrar.
Ese tío se va a comer lo que se merece.
Proporcionalidad y justicia frente a venganza y arbitrariedad.

Puck
 
Carné Umbriano nº287
17/07/2019, 18:29

El caso está lleno de matices, ni es como dice tormento ni es como dice nihmedu aquí:

Nuestro sheriff atacó con violencia a la víctima y se piró dejándola en el suelo inconsciente negándole auxilio alguno por su parte.

Se piró habiendole dado un par de puñetazos, sí, pero porque dudo que creyera que tenía más que un golpe. "De un par de puñetazos no se muere nadie", debió pensar.

Por otro lado en esto sí tiene razón nihmedu:  

La sentencia es una joya y está medida al milímetro. Hay numerosos testigos que han prestado declaración, en fin, antes de decir tonterías mejor leerse las cosas.

La sentencia, leída y analizada (por otros que saben más de derecho) comenta que es perfectamente AJUSTADA A LA LEY. Es decir, bien por el juez y por todo el sistema de justicia. 

El problema es el que dice Pyaray:

la fuerza que ejerció el justiciero no fue proporcional a la que la pareja de agresores tenía.

El problema es que en un caso de violencia con un miserable ladrón (que habia tirado al suelo a la víctima) o en cualquier caso de defensa propia y de otros es muy complicado medir. ¿Le pego poco y me mata? ¿Le pego mucho y lo mato y jodo mi vida? Es igual que el caso típico de un policía que tiene menos de un segundo para reaccionar y un juez decide sobre ello durante tres años. 

Tristemente, el caso y la legislación vigente indican que salvo que peligre tu vida o de tus seres queridos no debes intervenir para nada. Y ojo, el caso es que es muy difícil cambiar esa ley, porque si estuviera de otra manera, permitiría abusos y demás sobre los criminales. 

Puck
 
Carné Umbriano nº287
17/07/2019, 18:31

Si un hurto menor merece una paliza y tú lo ves normal, pues estamos condenados a no estar de acuerdo, pero yo creo que si buscas proporcionalidad no la vas a encontrar.
Ese tío se va a comer lo que se merece.

¿Un hurto menor? Le había robado el bolso con violencia. Que se lo hagan a tu madre, a ver como reaccionas. 

Yo espero que acabe por no entrar en la cárcel y que la indemnización desproporcionada (para mí) que le han puesto sea pagada por la campaña de crowfunding que ha hecho VOX. 

17/07/2019, 18:32
Editado: 17/07/2019, 18:44

Si gatito miento,  :) lo que tu digas,  a lo mejor el símil no es correcto pero decir que miento jajajajaj :), lo que tu digas guapi. Y

según la propia sentencia hay un forcejeo, tras la solictud del encausado de la devolución del bolso, y tu dices "Nuestro autoproclamado sheriff le dio una ostia en la cabeza y otra en la garganta cuello sin previa agresión. Ambos golpes según el informe son ya  mortales y el propio informe forense así lo dice." Luego mientes tú, sin vergüenza.

Los golpes uno en la cabeza y otro en le hombro o cuello, según recoge  la sentencia también.

La apreciación de golpes mortales también la pones tu después de eso ya ni me molesto ne seguir.

 Gatito TU SI QUE ERES UN MENTIROSO Y UN SINVERGÜENZA MANIPULDOR Y A LOS hechos me remito.    

    

17/07/2019, 18:36

Cita:

¿Un hurto menor? Le había robado el bolso con violencia. Que se lo hagan a tu madre, a ver como reaccionas.

correcto, me equivoque al escribir, por que me refería a la cuantía de lo robado, pero aun asi seguro que la violencia no fue proporcional. Además ¿por darle una paliza a el delincuenta, se la quitas a la anterior víctima de encima?
Lo de "que se lo hagan a tu madre", es caer en lo que digo de venganza, y es un sentimiento natural, pero no por ello debemos dejarnos arrastrar por ello por que sino volvemos al talion y se dejo atras por algo.

17/07/2019, 18:42

Un apunte, no murió del golpe, murió porque se ensañó con él una vez en el suelo. A partir de ahí, cada uno que que piense si está bien ensañarse hasta la muerte con un tipo que debía estar en la cárcel o no.

17/07/2019, 18:44

¿Le pego poco y me mata? ¿Le pego mucho y lo mato y jodo mi vida? Es igual que el caso típico de un policía que tiene menos de un segundo para reaccionar y un juez decide sobre ello durante tres años. 

Esto.

Gracias por ahorrarme el tochopost, Puck. xD

Puck
 
Carné Umbriano nº287
17/07/2019, 18:45

correcto, me equivoque al escribir, por que me refería a la cuantía de lo robado, pero aun asi seguro que la violencia no fue proporcional. Además ¿por darle una paliza a el delincuenta, se la quitas a la anterior víctima de encima?

Lo de que la violencia tiene que ser "proporcional" está en la ley, pero es casi imposible de asegurar. Nadie es el héroe de una peli, capaz de vencer con un poco menos de violencia o un poco más a otro. 

Lo de "que se lo hagan a tu madre", es caer en lo que digo de venganza, y es un sentimiento natural, pero no por ello debemos dejarnos arrastrar por ello por que sino volvemos al talion y se dejo atras por algo.

Aquí se confunden muchas cosas:

Para empezar, la ley del talión (ojo por ojo, diente por diente) es una LEY, que fue un avance en su tiempo. Es decir, se hizo para evitar venganzas desproporcionadas. "Has matado a mi primo pues rajo a toda tu familia". Era para "Has matado, pues mueres" "Has robado, pues pagas" y como tal era una LEY, para que la aplicara el Gobierno/Estado/Tribu. 

Luego, en un acto de defensa propia/de otros/de bienes de otros efectivamente hay sentimiento natural de atizar al que ha dañado/robado a un inocente. Aquí no entra la LEY (todavía, ya entrará) sino la reacción rápida (si la hay).  

------------------

Un apunte, no murió del golpe, murió porque se ensañó con él una vez en el suelo. A partir de ahí, cada uno que que piense si está bien ensañarse hasta la muerte con un tipo que debía estar en la cárcel o no.

Eso sólo lo dijo uno de los testigos de la acusación (a la policía, no lo repitió en el juicio) y el juez no lo tuvo en cuenta a la hora de la condena, porque no podía saber si es cierto o no. Ninguno de los otros testigos lo corrobora. 

17/07/2019, 18:48

Morapio en los hechos probados de la sentencia  no indica nada de lo que tu dices.

Gracias gatito por proporcionarla 

17/07/2019, 18:48

Si tu ves un asalto, robo con violencia sobre una señora mayor. Pregunto: ¿intervienes o llamas a la poli?

Puck
 
Carné Umbriano nº287
17/07/2019, 18:50

Siguiendo con lo último, de un análisis de la sentencia:

 en fase de instrucción que «el acusado cogió por detrás a Pedro y le dio un puñetazo en la espalda y después una patada en la cabeza, que lo tiró al suelo y ahí comenzó a darle patadas, unas diez». Llamo la atención sobre el hecho de que el juez, de haber considerado esta declaración fiable, podría haber condenado por asesinato, homicidio doloso o lesiones dolosas. No hay más testigos de la pelea que hayan afirmado haberla visto realmente; sin embargo, el juez rechaza este testimonio y basa la condena en el del acusado.

Más aún, el forense afirma que las lesiones pudieron producirse por un traumatismo derivado de un golpe directo o por el impacto de una caída, que las contusiones torácicas eran compatibles con maniobras de reanimación por la zona donde aparecieron, y pese a que también podían deberse a un puñetazo, por el contexto y antecedentes médicos eran compatibles con dicha reanimación. 

 Merece la pena leer la sentencia y los análisis (de gente que la ha leído). Si sólo hacemos caso (a todos nos ha pasado) a Vox, a Lucía Etxeberría o al polemista de turno, estamos jodidos. 

17/07/2019, 18:55

No.

A mí la sentencia me parece bien.

Una cosa es defender a alguien de una agresión y soltar dos hostias que puedan incluso causar la muerte, que sería peliagudo y daría mucho debate sobre su proporcionalidad. Otra es soltar dos hostias que causan la muerte para recuperar un bolso cuando la agredida ya no corre peligro y el manguta está, de hecho, huyendo.

No hay proporcionalidad. Pa'lante por homicidio imprudente.

Sión
 
17/07/2019, 18:57
Editado: 17/07/2019, 18:58

En mi opinión la justicia no funciona.

Hace falta de verdad que alguien se ponga una máscara, una camiseta negra con una calavera y comience a repartir leña y a partir algunas piernas con un bate. Aplaudiría algo así. Si se condena al chico este el único mensaje que estamos enviando a la sociedad es un "tú quieto y no te metas donde no te llaman, deja que violen y roben que no es tu asunto".

Ya se sabe el refrán "Lo único que necesita el mal para prosperar es..."

Puck
 
Carné Umbriano nº287
17/07/2019, 18:57

Si tu ves un asalto, robo con violencia sobre una señora mayor. Pregunto: ¿intervienes o llamas a la poli?

Antes no intervendría porque no estoy acostumbrado a la violencia o a reaccionar rápido. Me quedaría parado. Ahora no intervendría de forma consciente porque no se si aplicaría eso de "fuerza proporcional". 

Lo único que he hecho en una situación parecida es estarme una hora cerca del Bernabeu avisando a turistas (de varias nacionalidades), que cuidado con las niñas rumanas que iban a "que firmaran nosequé mierdas" y robarles las carteras mientras tanto. Al final me miraban muy mal, pero es que pasaba por allí y me quedé flipado de cómo robaban/intentaban robar en las afueras del estadio. 

Me parece que eso de los hurtos leves y mayores y no entrar en la cárcel... Yo ya soy muy mayor y muy nazi y ni creo en rehabilitaciones ni nada. Cadena perpetua para asesinos y violadores (y no pena de muerte que nos echan de la UE) un porrón de años para ladrones (y malversadores y demás) y varios añitos para carteristas y demás. No hay derecho a que te jodan así. 

Puck
 
Carné Umbriano nº287
17/07/2019, 18:59

En mi opinión la justicia no funciona.

No estoy para nada de acuerdo. A mí me parece que el principal problema es que es muy lenta. Por lo demás, todas las sentencias y condenas que veo están perfectamente ajustadas a la Ley. Con más medios iría más rápida. Pero no nos cambiaría por ningún otro sistema judicial.  

17/07/2019, 19:02

Que las penas se cumplieran tampoco estaría de más.

17/07/2019, 19:03

Si gatito miento,  :) lo que tu digas,  a lo mejor el símil no es correcto pero decir que miento jajajajaj :), lo que tu digas guapi. Y

Si mientes, y te lo voy a demostrar. Mientes de manera capciosa además diciendo que seríamos juzgados por defendernos frente a terroristas... vaya tela.

 

según la propia sentencia hay un forcejeo, tras la solictud del encausado de la devolución del bolso, y tu dices "Nuestro autoproclamado sheriff le dio una ostia en la cabeza y otra en la garganta cuello sin previa agresión. Ambos golpes según el informe son ya  mortales y el propio informe forense así lo dice." Luego mientes tú, sin vergüenza.

Los golpes:

"... propinar dos puñetazos al fallecido que hubieron de ser suficientemente intensos como para producirle las lesiones que experimentó(además del traumatismo craneoencafálico, la rotura maxilar, del frenillo y de una pieza dental) y que el forense reseñó como producidos por “una energía viva” sobre la zona sin poder concretar el mecanismo exacto, que se debieron a los impactos de esos golpes o al que se derivó de la caída al suelo y la posibilidad de que la cabeza golpeara con el firme. Pese a que la testigo Sra. aludió a patadas, este extremo concreto no puede ser aceptado, al presentar sus distintas manifestaciones ciertas contradicciones y ambigüedades en cuanto a la descripción de la conducta agresora que atribuía al acusado, quizá motivado por el hecho de su estado de consumo de alcohol y drogas que reconoció y que pudo afectar a la realidad de lo que percibió, y por ende, a su credibilidad al respecto. Además, la posibilidad de que se hubieran propinado las patadas que se dice, que podría haber tenido un reflejo en las lesiones sufridas por el fallecido en sus costillas, se ha visto restada por el hecho de que tales fracturas costales pudieran relacionarse con las maniobras de reanimación que se le efectuaron. Por ello se considera que al quedar encuadrado los golpes o puñetazos que el acusado reconoció haber propinado a la víctima en el mecanismo agresor que el perito judicial relacionó con la causación de las lesiones, sin que ningún otro testigo presenciara el desarrollo de esa agresión, pues a lo sumo aludieron a un forcejeo o al hecho de ver al agredido ya en el suelo, en esa admitida agresión ha de situarse la conducta censurable del acusado, reiterándose las consideraciones que ya se hicieron acerca de la previsibilidad objetiva y subjetiva de que con ello se pudiera haber producido la muerte del agredido, lo que denota un desprecio a las mas elementales precauciones y era previsible que se produjera el fatal desenlace; y finalmente la producción de un resultado de muerte en conexión causal con la acción 
imprudentemente realizada
, siendo en este sentido incontestable las conclusiones de la susodicha pericial." 
 

El forcejeo es "no te lo doy" y me metes dos golpes  mortales como recoge claramente la sentencia :

"En el presente caso lo cierto es que, como se desprende del relato fáctico de la presente resolución, no fue el acusado la víctima del delito de robo con violencia, sino que, tras percatarse de lo que estaba sucediendo con una tercera persona, arrebatándole Pedro y una mujer el bolso, salió detrás de este para recuperarlo, y tras darle alcance y negarse a devolvérselo, existiendo en este contexto un forcejeo, el acusado le golpeó tal y como se reseña. No puede decirse que el acusado, mas allá del mérito que habría que concedérsele por actuar en defensa de los intereses de una ciudadana que estaba siendo víctima de un robo, ya en el contexto de una secuencia distinta, que fue cuando dio alcance al fallecido y le exigió la devolución del bolso y ante la negativa de éste a hacerlo, no actuó "inicialmente con ánimo de defenderse ante una agresión ilegítima", pues Pedro únicamente escapaba con el bolso tras su reprochable acción de la que fue víctima esa tercera persona, siendo el acusado quién, sin esperar buscar una situación alternativa cual podría ser avisar a la policía o limitarse a seguir al mencionado, decidió correr tras el, y cuando le alcanzó golpearle tal y como lo hizo. Tampoco consta, mas allá de lo relatado por el acusado, que cuando se produjo esa interceptación Pedro intentara golpearle,como así se constata del hecho de que dicho acusado no sufriera a raíz de lo sucedido ninguna lesión que haya sido objetivada. Y si los alegados golpes no se hicieron efectivo porque el acusado los esquivara, volvería a brillar por su ausencia el requisito de la previa agresión ilegítima cuando seguidamente decide
  darle dos puñetazos, por que quiera tildarse de “actuación refleja”. La actuación de Pedro T. T. en el reconocido forcejeo que señaló la acusación se situaría deforma razonable en su voluntad de seguir conservando el bolso en cuyo poder emprendió su huida, mas que en agredir al acusado. Pese a ello tal acusado decidió en su afán de recuperar el bolso golpear al Sr. T. T. , acción que no puede afirmarse que se desarrollara en legítima defensa al faltar pues el primer requisito de la misma -agresión ilegítima-. Aún en el caso de que ese forcejeo pudiera quedar encuadrado en una mínima riña, la jurisprudencia –vid STS932/2.007, de 21 de noviembre, de forma constante viene declarando que en la situación de riña mutuamente aceptada no cabe apreciar para los contendientes las circunstancias de legítima defensa, al no caber en nuestro derecho la pretendida "legítima defensa recíproca" y ello en razón a constituirse aquellas en recíprocos agresores, en mutuos atacantes, no detectándose un " animus
"exclusivamente defensivo, sino un predominante y compartido propósito agresivo de cada cual hacia su antagonista, invalidándose la idea de agresión injusta ante el aceptado reto o desafío entre los contrincantes, que de las palabras pasan a los hechos, generándose consecuencias lesivas, no como actuación exclusivamente paralizante o neutralizadora del acometimiento injusto o inesperado del adversario, sino como incidentes desprovistos de la estructur acausal y racional que justifica la reacción de fuerza del acometido sin motivo,entendiéndose por riña o reyerta una situación conflictiva surgida entre unas personas que, enzarzándose en cualquier discusión verbal, al subir de grado la misma, desembocan, tras las palabras insolentes, afrentosas u ofensivas en las peligrosas vías de hecho, aceptándose expresa o tácitamente la procedencia oreto conducente al doble y recíproco ataque de obra. En estos casos se ha excluido la posibilidad de apreciar la legitima defensa (SSTS de 29/01/01 y de16/02/01), siendo indiferente la prioridad en la agresión (SSTS 31/10/88 y de14/09/91), si bien se ha precisado que ello no exonera a los Jueces a averiguar "la génesis de la agresión y determinar, si es posible, quien o quienes la iniciaron, de tal manera que con ello se evite que pueda aparecer como uno delos componentes de la riña, quien no fue otra cosa que un agredido que se limitó a repeler la agresión". 
 

 

Los golpes uno en la cabeza y otro en le hombro o cuello, según recoge  la sentencia también.

La apreciación de golpes mortales también la pones tu después de eso ya ni me molesto ne seguir.

 Gatito TU SI QUE ERES UN MENTIROSO Y UN SINVERGÜENZA MANIPULDOR Y A LOS hechos me remito.    

A ver si nos leemos las cosas, que sí que lo dice :D Y se escribe manipulador, que para serlo ni sabes escribirlo. 

17/07/2019, 19:04

Yo no me meto en temas de derecho por que no conozco, aunque 180000 pavos me parece algo muy loco. 

Lo que si me parece es peligroso lo mediático que se está volviendo el caso, ahora hay quien diferencia entre asesino y héroe, y eso es peligroso. 

Borjita Le ha dado dos hostias y Le ha matado, pero a Borjita en mi barrio Le habrían dado dos navajazos y Le habrían matado por un bolso y ahora sería un mártir. 

Si paquito (pj ficticio) que considera que Borja es un héroe presencia un atraco o similar, y él que quiere ser como Borja se mete a intentarlo y se lleva dos hostias y se muere, todos diríamos que cabrón, ladrón y asesino, y lapidariamos al hombre que se ha llevado el bolso cuando sí en todo momento queda claro que Borja, héroe o no actuó por su cuenta, sabiendo que la víctima está fuera de peligro y por el simple (aunque simpático) gesto de recuperar lo robado, Paquito no habría entrado en la trifulca, y Paquito estaría vivo. 

17/07/2019, 19:18
Editado: 17/07/2019, 19:22

forcejeo

1. m. Acción de forcejear.

Real Academia Española © Todos los derechos reservados

forcejear
 

De forcejo.

1. intr. Hacer fuerza para vencer una resistencia.

2. intr. Oponerse con fuerza, contradecir tenazmente.

Real Academia Española © Todos los derechos reservados

No le suelta por las buenas , llega le pide el bolso, se opone, forcejea y en el forcegeo el acusado le propina dos golpes 

 

Extraido de la sentencia :

- El Médico Forense que compareció al juicio sometiendo a contradicción el informe de autopsia (f 371 a 383) y, tras conocer el resultado del informe sobre histopatología emitido por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses tras el estudio de las muestras del fallecido (f 309 y 401 y 402), su posterior ampliación (f 486), destacó haber realizado la autopsia del cadáver junto a una compañera, ratificando las causas del fallecimiento que consignó en la pericia, pudiendo haberse producido las lesiones por un traumatismo derivado de un golpe directo o por el impacto de una caída, que las contusiones torácicas eran compatibles con maniobras de reanimación por la zona donde aparecieron, y pese a que también podían deberse a un puñetazo, por el contexto y antecedentes médicos eran compatibles con dicha reanimación. También destacó la existencia de lesiones secundarias al traumatismo tales como herida incisa en ceja, equimosis en el pómulo, también propias de un golpe directo o derivadas del impacto de una caída. Si que puso de relieve que para romper un maxilar, una pieza dental o el frenillo el traumatismo ha de ser de cierta intensidad. Destacó ser difícil que el fallecimiento pudiera relacionarse con el consumo de alcohol o drogas por ser estas circunstancias determinantes en la producción de la hemorragia, pues dependería del tipo de tóxico, de su historial y patologías, si bien afirmó que de manera general no tenía porque producirse.

Vuelves a mentir y a manipular.

Así que el juez, que no declara probada la existencia de ninguna agresión previa del fallecido (sobre la que no hay más prueba que la afirmación del acusado) y ante la inusual circunstancia de que los cinco o seis testigos que estaban cerca no vieran prácticamente nada o lo olvidasen —excepción hecha de la compañera de delitos del fallecido—, decide creer al acusado y admitir que puede que lo que este reconoce (dos puñetazos al acusado que terminan con él en el suelo) quizás es lo que pasó, obviando la versión alternativa, en la que hay patadas y puñetazos (como de experto en artes marciales).

 

 

17/07/2019, 19:36

Guapi, deja de hacer el ridículo:

te puse arriba lo que había entendido el juzgador como forcejeo, pero te lo repito:

 La actuación de Pedro T. T. en el reconocido forcejeo que señaló la acusación se situaría deforma razonable en su voluntad de seguir conservando el bolso en cuyo poder emprendió su huida, mas que en agredir al acusado. Pese a ello tal acusado decidió en su afán de recuperar el bolso golpear al Sr. T. T. , acción que no puede afirmarse que se desarrollara en legítima defensa al faltar pues el primer requisito de la misma -agresión ilegítima-. Aún en el caso de que ese forcejeo pudiera quedar encuadrado en una mínima riña, la jurisprudencia –vid STS932/2.007, de 21 de noviembre, de forma constante viene declarando que en la situación de riña mutuamente aceptada no cabe apreciar para los contendientes las circunstancias de legítima defensa

Le metió dos toñas cuando la víctima que fallece le dijo que no le daba el bolso.

Ahora la parte de los golpes:

reiterándose las consideraciones que ya se hicieron acerca de la previsibilidad objetiva y subjetiva de que con ello se pudiera haber producido la muerte del agredido, lo que denota un desprecio a las mas elementales precauciones y era previsible que se produjera el fatal desenlace; y finalmente la producción de un resultado de muerte en conexión causal con la acción 
imprudentemente realizada, siendo en este sentido incontestable las conclusiones de la susodicha pericial

Si fuera la fantasía que tu dices, el tal Borja no habría sido condenado. Está claro que le dio dos toñas que le echó la cara abajo y lo mató.Y está condenado por ello. Y salvo que seas el tribunal contra el que cabe recurso esto es  algo que no va a cambiar por tu opinión personal. La realidad es muy muy muy tozuda. Por mucho que desees algo y cierres los ojos deseándolo con todas tus fuerzas ese algo no va a cambiar. Esto es una sentencia firme condenatoria. 

Es curioso, en los juegos de rol que intentan aproximar o simular la realidad en un ambiente interpretativo, a veces(una gran mayoría de veces) un golpe en la cabeza se considera crítico. ¿Se lo dio al caer? No lo deja claro el forense porque no está seguro al 100%, pero seguramente fue rematado a patadas como relata la testigo que acompañaba a la víctima. Que por cierto, dicen que estaba borracha y por ahí se va a librar nuestro sheriff, porque si su testigo se tuviera en cuenta se le cae el pelo bien caído porque cabe pedirle asesinato como pidió la acusación. Pero volviendo a los hechos que SÍ se han tenido en cuenta; vuelvo a pegarte una parte del informe guapi:

y finalmente la producción de un resultado de muerte en conexión causal con la acción 
imprudentemente realizada, siendo en este sentido incontestable las conclusiones de la susodicha pericial

Darle dos ostias a alguien -que le provoca la muerte- dirigidas en la cabeza mientras sostiene un bolso que no quiere soltar (y por lo tanto además reduce su capacidad de defensa) es homicidio, y no lo digo yo, lo dice esta sentencia y lo dice claramente. Lo demás es fantasía. Es un homicida y . 

17/07/2019, 19:43

Yo no me meto en temas de derecho por que no conozco, aunque 180000 pavos me parece algo muy loco.

Ha dejado a dos chicas huérfanas, una de ellas menor. El cálculo estará basado en la pensión que el padre tenía que pasarles a las hijas en los próximos años hasta que cumplieran los 25. Si el finado no hubiese tenido cargas familiares la indemnización habría sido menor.

17/07/2019, 19:47

No digo injusto, digo loco xD. Es lo que ganaría yo en... Nose ¿180 meses?

Aún así si este tío andaba robando bolsos supongo que no podría pasar una pensión muy grande a sus hijas por muy menores que sean. 

P. D. Hablo desde el desconocimiento, ni siquiera se si se tienen en cuenta esas cosas a la hora de calcular eso. 

Anium
 
17/07/2019, 19:55

No ayudaría. Ignoraría a cualquiera que tenga problemas con delincuentes. Parece que es lo que la sociedad quiere. Además, a todos los que defienden a estos les deseo que tengan cientos de visitas de carteristas, ladrones menores y ladrónes del tirón.

17/07/2019, 19:56
Editado: 17/07/2019, 19:58

¿Y dejamos a cuanto matar a alguien? ¿No sé, tarificamos a las personas por clase social? ¿Si tienen antecedentes? ¿Hijos? Proponed, proponed

Cita:

No ayudaría. Ignoraría a cualquiera que tenga problemas con delincuentes. Parece que es lo que la sociedad quiere. Además, a todos los que defienden a estos les deseo que tengan cientos de visitas de carteristas, ladrones menores y ladrónes del tirón.

me han atracado y llevo la cicatriz en el cuello, no es nada exagerado, pero ahí está. Pero.... no quiero que los maten. Y no me van a desatracar en el pasado si les dieran una somanta palos .... No es difícil de entender. Es algo que paso y a seguir viviendo.

17/07/2019, 20:09

Va de valorar el caso o de valorar las opiniones de los demás?

Por lo que he leído (sentencia y comentarios) el juez le ha puesto la pena mínima dentro del "homicidio imprudente". Si hubiera intención habría sido asesinato.

2. Tema indulto: se lo daríais?

3. Indemnizar a la familia: 180.000€ os parece bien?

4. Reformas código penal, cumplimiento íntegro de las penas, cadena perpetua, reinsercción. ¿Cómo lo veis?

Este hilo ha sido cerrado.