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Chemo
 
Demiurgo (Fundador de la web) Carné Umbriano nº1
25/04/2019, 11:59

Convoco aquí a los abogados de Umbría (que sé que hay más de uno) y especialistas en temas editoriales (que también los hay).

¿Cómo puedo saber que partes de un manual puedo oficialmente tratar con automatismos? ¿Dónde tengo que ver la licencia y que tiene que poner exactamente? ¿Qué sabéis de las licencias de los juegos más conocidos?

Por ejemplo: si yo quisiera que Autorol gestionase de forma automática la tabla de resultados de una tirada PbtA en The Sprawl: ¿podría poner los textos que salen en las hojas de consulta rápida? ¿O me estoy metiendo en un terreno cenagoso? Es para organizar el trabajo de aquí al futuro. En el caso de las publicaciones de Yipikayei y NSR tenía pensado ponerme directamente en contacto con ellos (porque son patrocinadores y gente asequible de contactar) pero antes de hacerlo quería llevar parte de la información sabida (o descartar si veo que ya no habrá manera de hacerlo).

25/04/2019, 12:47

De sprawl no conozco pero algo sé de licencias d20 (aunque otros saben mucho más que yo). En cualquier caso hay que ver juego por juego. Lo mejor es hacer una lista e ir completando info.

Sí puedo ayudar con algo... Ya sabes.

25/04/2019, 12:48
Editado: 25/04/2019, 12:49

La ley de propiedad intelectual es tu amiga. Dejo enlace: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-8930&p=20190302&tn=1 

Y lo más seguro es que tengas que ponerte en contacto con los que tengan en propiedad los derechos de explotación y distribución de la obra, porque coger una parte de una obra y ponerla en otro lado puede ser ilegal sin la debida autorización de los dueños. Porque aquello de poner la cita en plan Creative Commons no vale en este aspecto: es insuficiente. Has de pedir el permiso y, además, en el caso eventual de que te den el permiso, poner la cita. 

A lo mejor me paso de purista, y no hace falta tanta parafernalia, pero, para cubrirse espaldas y evitar malentendidos, yo es lo que haría. Ahora bien, es cierto que pueden ser súper amables y decirte que sí, que copies y pegues tales cosas y basta con citar la fuente, o bien que te digan un no rotundo, o bien que te digan sí, pero con condiciones. 

En fin, siento no ser de más ayuda. A ver si alguno de mis colegas puede arrojar más de luz ^^

Puck
 
Carné Umbriano nº287
25/04/2019, 12:49
Editado: 25/04/2019, 13:01

¿Cómo puedo saber que partes de un manual puedo oficialmente tratar con automatismos? ¿Dónde tengo que ver la licencia y que tiene que poner exactamente? ¿Qué sabéis de las licencias de los juegos más conocidos?

No soy abogado, pero respecto a dungeons, desde 3.5, las reglas originales están abiertas y puedes citarlas (a ellas y todas las iteraciones) siempre que incluyas un enlace a la open gaming license (y a los manuales que citas). Luego tienes que declarar todo lo que es Product Identity (contenido cerrado) y Open Content (contenido abierto). 

Por ejemplo, esto es lo que enlaza el documento en internet de las reglas de pathfinder primera edición. 

Primero va lo que es Product Identity, luego lo que es Open Content, luego la OGL y luego los manuales a los que hacen referencia.

La licencia para las reglas originaria es esta: 

http://www.d20srd.org/ogl.htm

Por ejemplo, si quisieras hacer una partida de autorrol con las reglas de pathfinder, tendrías que incluir un enlace a un texto con esa licencia, y luego todos los manuales que pone ahí (porque ya usa la ogl esos manuales) y todos los que pone pathfinder en el enlace que puse (porque pathfinder usa todos esos manuales) y además todo manual adicional que haya. Luego tendrías que decir qué es contenido abierto (todo el tema de reglas, ya están abiertas y no puedes cerrarlas) y que es "product identity": el mundo que hayas creado y los personajes de la ficción. 

Hasta podrías cobrar por esa partida. 

Luego, pathfinder ha sacado dos licencias más: 

Una para poder poner su logo en los productos. Y decir que son pathfinder compatibles. 

Otra para usar su contenido de lore además del de reglas, pero esta es no-comercial. 

Y quinta edición ha sacado una licencia también para sacar contenido, esta no se si es comercial, no comercial o qué, ni que contenido te dejan usar: 

http://dnd.wizards.com/articles/features/systems-r...

25/04/2019, 12:51

No soy abogado pero al trabajar en la admin. pública tengo la desgracia de que interfieren con mi trabajo constantemente. Por cosas con las que me he topado en mi trabajo no solo tienes que considerar el hecho de reproducir o no, sino del posible lucro que con ello obtengas. Ya sé que los ingresos de carnets son pequeños para ser considerados como lucro por el común de los mortales  pero lógica y legalidad no tienen porque ir unidas. Miralo también por ahí que el tema de que haya medio euro por medio puede complicar las cosas. Por ejemplo, uno de nuestros proyectos estuvo parado X meses, con X no desdeñable, porque uno de nuestros juristas consideró que debían pagarnos dinero una compañía de telecomunicaciones por dotar de cobertura una de nuestras instalaciones que no tenía, porque tenían lucro de las llamadas realizadas desde allí.

Las publicaciones con licencia copyleft son 100% reproducibles, más allá no me atrevo a decir nada.

 

 

25/04/2019, 12:52

A raíz de lo que ha puesto Puck, la misma obra puede ponerte en página de derechos (esa  donde viene el depósito legal, año de publicación, etc.), qué partes están abiertas y se pueden copiar y distribuir sin problema, o que diga de manera más genérica que se basan en tal licencia de juego, como dice Puck.  Quizá eso te ahorre tiempo, Chemo ^^

Chemo
 
Demiurgo (Fundador de la web) Carné Umbriano nº1
25/04/2019, 13:46

Pues la verdad es que no tengo pensado dedicarme a leer todas las leyes habidas y por haber, bastante tengo con mi trabajo de programación. Aunque me manejo bien en documentos legales (tengo la extinta carrera de Relaciones Laborales) no pienso invertir horas en interpretar la ley de propiedad intelectual.

Simplemente paso del tema y no lo implemento o, en caso de hablar con las editoriales, que ellas me digan exactamente si puedo, si no puedo, y que enlaces concretos tengo que poner para cada manual.

Era una buena idea pero me temo que la parte legal me va a consumir unos recursos de tiempo que no estoy dispuesto a invertir bajo ningún concepto.

25/04/2019, 13:49
Editado: 25/04/2019, 13:53

Yo me curaría en salud y lo haría tipo Tabletop Simulator. Ofrécenos la mesa y las piezas, y nosotros nos encargamos de las reglas. (Mucho) menos curro para ti, y ningún problema legal en el horizonte.

EDIT: Otro asunto serían los juegos gratuitos, abiertos, y todos los de ese tipo, claro. Ahí ya no habría ningún problema en automatizar lo que fuera porque las reglas son públicas por su propia naturaleza.

25/04/2019, 15:54
Editado: 25/04/2019, 15:55

Yo me curaría en salud y lo haría tipo Tabletop Simulator. Ofrécenos la mesa y las piezas, y nosotros nos encargamos de las reglas. (Mucho) menos curro para ti, y ningún problema legal en el horizonte.

Estoy bastante de acuerdo. 

Por lo que a mi respecta ayer mismo estuve mirando ésto referente a Blades in the Dark y en este enlace encontré que el SRD (osea, las reglas básicas) están disponibles para su uso con la licencia CC-BY. Vamos, que puedes coger, modificar y distribuir a tu gusto siempre que des el crédito apropiado. Habría que buscar los equivalentes en otros manuales/sistemas. El SRD por cierto está ahí en un enlace para que puedas saber exactamente qué es 'robable' y sería solo cosa de traducir y aplicarlo donde corresponda.

Aun así... lo dicho, quizá sea más fácil lo que dice Drawnin.

Puck
 
Carné Umbriano nº287
25/04/2019, 16:00

Dungeons/pathfinder tampoco es complicado. Es usar sólo las reglas (y nombres de bichos de la srd) y poner luego la licencia. 

25/04/2019, 16:03

Pero es que D&D/Pathfinder es abierto.

Por eso lo decía, los juegos abiertos no dan problemas. Con el resto, mejor pasar de líos.

Julia
 
25/04/2019, 16:17

White wolf en su momento saco el Dark Pack. Para mas información podeis encontrarla aqui. Yo estoy trabajando para poner la informacion en mis partidas de wod.

26/04/2019, 06:40

¿Y si has comprado el juego?

Me refiero a que quiero organizar una partida de Taura 2ª edición. Tengo el manual en físico y en pdf ¿Podría copiar y pegar legalmente la parte de las reglas que me interese para que las lean los jugadores o sería delito? Por si acaso no he subido el pdf de Taura a mi sección de archivos de Umbría y me esperaré a que me contestéis.

Y poniendo el mismo ejemplo que ponía Chemo con el Sprawl: vale, no podemos copiar la tabla tal cual pero ¿Y si la reescribimos con distintas palabras? ¿O es explicar públicamente las reglas en sí lo que constituiría el delito?

Un saludo

Konietzko

Momo
 
Carné Umbriano nº577
26/04/2019, 09:17
Editado: 26/04/2019, 09:18

Hace nada estuve curioseando sobre el tema de los SRDs y la verdad es que no hay tantos por desgracia, por si alguien tiene curiosidad encontré estos en español
 

BLACK HACK, THE  (Fantasía)

DRAMA SYSTEM (genérico)

D&D 5E (fantasía)

GUMSHOE (genérico)

PATHFINDER (fantasía)

RUNEQUEST  (fantasía)

Y estos en inglés:

13TH AGE (index del manual en el baner vertical izquierdo)(Fantasía)

6D6  (Genérico)(Incluye suplementos y aventuras)

ARCHMAGE ENGINE/13TH AGE (Fantasía)

BASIC FANTASY RPG (fantasía)

BLACK HACK, THE (Fantasía) Cosas adiccionales 

BLADES IN THE DARK  (Fantasía oscura victoriana, steam punk)

BULLETPROOF BLUES (Superhéroes)

D6 DUNGEONS D6 DUNGEONS (fantasía)

D20 ANIME SYSTEM (Anime)(PDF)

D20 MECHA (Ciencia ficción)(PDF)

D20 MODERN (Fantasía urbana)

DRAGONSTAR (Fantasía)

DUNGEON WORLD (index del manual en el baner vertical izquierdo)(Fantasía)

D&D 3.5 (Fantasía)

- D&D 4E (PDF) (Fantasía)

D&D 5E (PDF) (Fantasía)

FATE (CORE, ACCELERATED y reglas para aventuras concretas)(Genérico)

FATE ACCELERATED (PDF)(Genérico)

FATE - DIASPORA (Ciencia ficción)

FATE - SPIRIT OF THE CENTURY (Héroes pulp)(pdf)

FUDGE (genérico)
GUMSHOE (Genérico, reglas básicas sin ambientación)

ICONS (Superhéroes)

INDIE HACK, THE (genérico)

MUTANTS & MASTERMINDS (index del manual en el baner vertical izquierdo)(Superhéroes)
MODERN PATH, THE (ambientación actual basada en Pathfinder)

MYTHENDER (fantasía)

PATHFINDER (Fantasía)
PATHFINDER 2ED PLAYTEST (fantasía)

PERCENTILE UNIVERSAL COMBAT SYSTEM (Genérico)

PSI-PUNK (Ciencia ficción)

RUNEQUEST (PDF en DD)(Edicion Moongose, Luxury Edition) (Fantasía)

SPYCRAFT (Espías)

STARFINDER (Ciencia ficción)

STARJAMMER (Fantasía en el espacio)
SWORD & WIZARDRY (Fantasía)

TANGO RPG (genérico)
TRAVELLER (index del manual en el baner vertical izquierdo)(Ciencia Ficción)

WOIN (Genérico)

Pero creo que nada más por ahora... Como estaba mirando reglamentos en general también dudaba si se puede citar el material de las guías de iniciación, que son gratuitas y de esas hay de cientos de juegos pero claro, no contienne las reglas completas...
Puck
 
Carné Umbriano nº287
26/04/2019, 13:16

Me refiero a que quiero organizar una partida de Taura 2ª edición. Tengo el manual en físico y en pdf ¿Podría copiar y pegar legalmente la parte de las reglas que me interese para que las lean los jugadores o sería delito? Por si acaso no he subido el pdf de Taura a mi sección de archivos de Umbría y me esperaré a que me contestéis.

Subir el PDF entero a un sitio que se lo puede descargar cualquiera es ilegal seguro. 

Copiar y pegar pequeñas partes de las reglas en una escena que sólo ves tú con 4 amigos no creo que haya problema. 

26/04/2019, 13:20

Comprar el juego no suele dar derecho a reproducirlo. Ten en cuenta que en realidad lo que tú estás comprando es una copia para uso personal, no la licencia del juego. Eso sigue perteneciendo a la empresa creadora.

Todas esas cuestiones suelen estar indicadas en el propio producto, así que lo mejor es leerlo ahí para saber lo que se puede y no se puede hacer con él. Pero vamos, que comprar un libro no suele dar derecho a compartir su contenido.

26/04/2019, 14:17

¿A qué te da derecho la compra de un libro? Espero que al menos te de derecho a leerlo.

26/04/2019, 14:38

Sí, básicamente.

Puck
 
Carné Umbriano nº287
26/04/2019, 15:03

Todas esas cuestiones suelen estar indicadas en el propio producto, así que lo mejor es leerlo ahí para saber lo que se puede y no se puede hacer con él. Pero vamos, que comprar un libro no suele dar derecho a compartir su contenido.

Pero un juego te da derecho a jugar con él con unos amigos. Por tanto un libro de rol te debería dar permiso a compartir pequeñas partes de reglas... con cuatro o cinco jugadores en un sitio cerrado, como una casa o un foro cerrado. 

26/04/2019, 15:10

Claro. Y de hecho, por poner otro ejemplo, un libro físico siempre puedes prestarlo. Aunque no es un "derecho", por así decir, no puede contar como distribución del contenido porque es a una escala ínfima. Lo que dices sería algo parecido, y más en el caso de un manual de rol, que es un producto especialmente pensado para utilizar en grupo. Pero ojo, en rigor sigues sin tener "derecho" a ello. Otra cosa es que nadie vaya a buscarte las vueltas por esa tontería.

Pero una cosa es eso, y otra subir parte o todo el contenido a una página web. Ahí ya se cruza una línea peligrosa, que muchos no tienen en cuenta. De hecho, te sorprenderías de la cantidad de gente que piensa que si compra un PDF, puede hacer lo que quiera con él porque, al fin y al cabo, "lo ha comprado". Y no es así, lo que se compra es una copia del contenido, sea física o digital, para uso personal. En ese uso personal puede ir incluido lo de compartir su contenido a (muy) pequeña escala, pero en ningún caso compartirlo a saco.

Por eso viene bien puntualizar, que además en el caso de una web, no sólo pringa quien comparte, si no que también puede haber consecuencias legales para la propia web o los administradores de la misma.

26/04/2019, 15:12

Es un tema importante porque por ejemplo en el caso de generadores de PJ en Autorol de ciertos sistemas no es lo mismo poner las descripciones de habilidades/clases/cosas con lo que pone literal en el manual que tener que reescribirlo tú (un coñazo) o sólo poner los nombres (un poco falto de info).

A ver si nos queda algo más en claro, porque facilitaría mucho las cosas poner tirar más de los textos del propio manual.

Puck
 
Carné Umbriano nº287
26/04/2019, 16:54

 Y no es así, lo que se compra es una copia del contenido, sea física o digital, para uso personal. En ese uso personal puede ir incluido lo de compartir su contenido a (muy) pequeña escala, pero en ningún caso compartirlo a saco.

Claro. Porque puedes defender ante un juez "Señoría, esto es un juego para un director y 4-5 jugadores y sólo compartí los datos con mis 4-5 jugadores y nunca nadie más pudo acceder a ellos". 

26/04/2019, 16:58

Ya, si te he dado la razón. xD

Pero lo de subirlo a la web ya es otro cantar. De hecho me parece un gran acierto el aviso que ha puesto Chemo en la sección de archivos de la Natilla, para que nadie pueda decir que no le han advertido.

Txibi
 
Carné Umbriano nº520
26/04/2019, 18:55

Saludos.

En un generador de fichas, como las diversas "tablas" de profesión ni son visibles siquiera, ni menos aún se pueden descargar o verse, no creo que exista problemas. Otro tema, sí, sería dejar visibles tablas que pudieran ser husmeadas alegremente.

Los SRDs... ¿a que se refiere esto? Ahí pone ¡Runequest!. En ese caso ¿se podrían listar tablas, por ejemplo?

Gracias por la atención.

T.

Momo
 
Carné Umbriano nº577
26/04/2019, 19:37
Editado: 26/04/2019, 19:38

SRD (System Reference Document o Documento de Referencia del Sistema) es material de referencia de un juego de rol que la empresa o individuo poseedor de los derechos de un determinado juego pone a libre disposición en internet bajo una licencia OGL (Open Game License o Licencia de Juego Abierto) para permitir a terceras personas modificar, copiar y redistribuir el contenido del juego en cuestión que ellos ponen a nuestra disposición, fundamentalmente las mecánicas del sistema de juego. En un principio esta pensado para facilitar el trabajo a terceras personas que quieran publicar un módulo o suplemento para el juego del que se dan las reglas, peor a efectos prácticos, son las reglas del juego y todos podemos verlas y usarlas.

Los nombres de la lista que puse son links a las páginas que contienen esos SRD pero OJO, sólo permieten compartir la información que ellos mismos compartes en esas webs, no módulos, ampliaciones u otras aventuras, normalmente comparten sólo el reglamento básico (O Core Book), no cosas como las guías del jugador u otros suplementos, y hay que tener en cuenta a qué edición del juego pertenecen. En el caso que comentas, sólo podrías compartir los materiales de RUNEQUEST SEGUNDA EDICIÓN, que es lo que comparten bajo esa licencia, no la última edición de Runequest, por ejemplo. Lo msimo pasa con TRAVELLER y el resto de juegos citados, a veces lo que comparten son derechos de ediciones viejas. Wizards of the Coast, por ejemplo, comparten bajo esa licencia DUNGEONS & GRAGONS bajo esa licencia desde la edición 3,5 hasta la actual quinta edición, es más, han compartido gratuitamente en un bonito PDF las reglas para poder jugar con personajes hasta nivel 5 o por ahí, pero eso. DE LOS SRD SÓLO PUEDES COMPARTIR LOS CONTENIDOS QUE ELLOS HAN PUESTO EN LA WEB CORRESPONDIENTE, NOTHING MORE, NOTHING LESS...

Más información (en inglés) sobre ese tipo de licencia https://en.wikipedia.org/wiki/Open_Game_License

27/04/2019, 19:00

Habiendo leído las respuestas de Puck y Drawnin he llegado a la conclusión de que no voy a subir mi copia de Taura a Umbría ni copiar-pegar partes del libro. Reescribiré lo que me interese y santas pascuas.

Lo que me recuerda mi segunda pregunta: reescribir algo con tus propias palabras aún cuando te estás basando en la obra de otra persona y para decir lo mismo ¿Es legal?

Un saludo

Konietzko

27/04/2019, 20:03
Editado: 27/04/2019, 20:04

A priori, yo no creo que hubiera mucho problema con eso. Pero es un caso ya más pantanoso y tendría que hablar un abogado para no pillarnos los dedos.

Vamos, que ahí ya no te fíes de mi consejo. En la asignatura de Derecho Aplicado al Arte y la Propiedad Intelectual cuatrimestral de la carrera ya no llegamos a tanto... xD

Puck
 
Carné Umbriano nº287
27/04/2019, 23:20

Lo que me recuerda mi segunda pregunta: reescribir algo con tus propias palabras aún cuando te estás basando en la obra de otra persona y para decir lo mismo ¿Es legal?

Cuando hablamos sobre si esto o lo otro es legal o ilegal, nadie (ni un abogado) te pude dar garantía alguna. Los abogados litigan (y ganan y pierden) en tribunales. 

Parafrasear el sistema de creación de personajes con tus palabras para unos pocos amigos en una partida de umbría no te causará problemas legales. Ni a la página. Y los dueños no tendrán problema. Tampoco te lo "autorizarán", para evitar que esa autorización se tome como genérica para que todo el mundo haga lo que quiera. 

Subir el sistema o "copiarlo" en abierto, si sería, no se si legal, al menos inmoral. 

Yo lo veo de sentido común. 

"Hola, diseñador del juego, he comprado tu juego y lo uso con 4 amigos en un foro privado de internet para jugar una partida". --> Guay.

"Hola, diseñador del juego, tengo tu juego (a saber si comprado) y lo he puesto en abierto con mis palabras o con las tuyas en un foro de internet para que todo el mundo se lo piratee---> Problema. 

28/04/2019, 07:27

Me queda (más o menos) claro. Trasteando por la web he visto que Guy Fawkes ya tiene una metapartida con el reglamento de Hitos en público. Copiaré de ahí lo que se pueda aplicar a Taura y lo demás lo escribiré por mi cuenta. Por supuesto citando a la fuente. O mejor le escribiré para pedirle permiso.

En cualquier caso gracias por la aclaración. Ya me dejo de pajas mentales.

Un saludo

Konietzko

28/04/2019, 18:57

Bueeeenooo... Como veo que nadie se ha leído (ni hojeado), al parecer XDXD, la ley que enlacé, voy a tratar de responder vuestras dudas sin "creo que...", "no debería de...", "pienso que..." porque eso y no decir nada es lo mismo en Derecho D:

En el art.20 de la ley se nos presenta qué se entiende por la comunicación pública (que es lo que más preocupa a la web, y por lo que veo a muchos de vosotros) y corresponde sólo a los que tengan los derechos de explotación en propiedad. Hay una multitud de supuestos, por lo que no me voy a extender relatando uno a uno, pero creo que os podéis hacer una idea de lo que te trata si le echáis un ojo al artículo :)

Es el art.31, sin embargo, el que realmente nos interesa: los límites que la ley pone a los "acreedores" (vamos a llamar así a los que conocemos como editoriales, productoras, etc.) de los derechos de las obras. Se contempla en su primer apartado lo siguiente:

[...] no necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, sin asistencia de terceros, de obras ya divulgadas, cuando concurran simultáneamente las siguientes circunstancias, constitutivas del límite legal de copia privada:

a) Que se lleve a cabo por una persona física exclusivamente para su uso privado, no profesional ni empresarial, y sin fines directa ni indirectamente comerciales.

b) Que la reproducción se realice a partir de una fuente lícita y que no se vulneren las condiciones de acceso a la obra o prestación.

c) Que la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, ni de distribución mediante precio.

Se han de dar los tres requisitos. Es un artículo que tiene jurisprudencia (de ahí el símbolo de la "J" al lado del artículo en el BOE), pero, me temo que la web entraría en aquello de "empresarial". No sé cómo está constituida Comunidad Umbría ni nada, por lo que no puedo afinar mucho en este tema, pero se estaría en un "borderline" muy interesante. En cuanto al "uso privado" (¿es uso privado si se juega en grupo?), he encontrado de todo, y no tengo respuesta clara. Para mí (como abogada y futura juez -espero-), uso privado es aquel que se hace dentro de la intimidad del hogar e independientemente de las personas que haya dentro. Ahora bien, ¿es uso privado el jugar a un juego de rol con un grupo en unas jornadas roleras?Esto sí que no lo puedo responder, porque no he encontrado jurisprudencia para este caso en concreto. Recuerdo que se clavó una multa a un centro educativo por proyectar una película para una tarde de sábado, pero yo entiendo que la analogía no cabe en este caso. Ahí sí había publicidad de la obra, y en un juego de rol, aunque se haga en un lugar público y en un contexto de jornadas públicas, el grupo es totalmente privado. ¿Veis? Hay lagunas, y la ley va un pasito por detrás. 

El art.32, por su parte, habla del derecho a cita. Considero que es muy interesante para aquellas personas que quieran citar obras ya publicadas en un trabajo propio. Pero, "tal utilización solo podrá realizarse con fines docentes o de investigación", dice la ley. Así que, cuidado por ese lado también ^^

Así, a vuelapluma y con el poco tiempo que he podido sacar, os traigo un poquito de luz a este tema ^^

La ley tiene como última modificación el 2 de marzo del 2019, por lo que están intentando que la ley vaya al ritmo de la vida actual. Sin embargo, pienso que está muy parcheada y necesita mejoras sustanciales, y que se adecuen a la situación real que se está viviendo en la actualidad con el tema de los derechos sobre las obras y demás.

Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de la UE (aquel famoso art.13) puede que se vuelva a modificar para armonizar ley, pero prevalecerá el Reglamento, y, bueno, honestamente, no lo he leído (vida dame tiempo), pero no pinta muy bien la cosa para el usuario (para el que tenga los derechos cojonudo, claro, si tiene medios para reivindicarlos, por supuesto). 

En fin, que quería dejar esto por aquí por si os interesa, y arrojar un poquito más de luz sobre este tema tan pantanoso y farragoso ^^

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