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Situacion de la JOKU

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24/11/2016, 15:09

Lo que dice faifolk, me comentó Bullah que estando en proceso de disolución puede darnos problemas el gastarnos el dinero.

No. Si se destina a un fin no lucrativo, y propio de la asociación, no va a dar problemas. Casi seguro. Que seguro, en derecho, sólo es la muerte. Y los impuestos.

24/11/2016, 15:11
Editado: 24/11/2016, 15:12

Buenas, yo tengo una pregunta.

Edito, que puede ser que suponga cosas: ¿Tiene la JOKU dos cuentas distintas abiertas? Si es asi, ¿Porque la JOKU tiene dos cuentas asociadas a ella? Entiendo que la primera Junta abrió una cuenta para gestionar los dineros que se manejaban de una Kedada a otra y que la titularidad de esa cuenta ha ido pasando de JOKU a JOKU (o de responsable a responsable, si quereís) hasta esta ultima Junta. Asi que, ¿existe más de una cuenta? ¿Porque?

24/11/2016, 15:11

Por lo demás, estoy de acuerdo con el post de Puck en su totalidad.

24/11/2016, 15:13

Sólo dos cosas: primero, bullah se acaba de dar de baja de web (me ha llegado un MP justo ahora). Y dos, me voy a poner a bucear en jurisprudencia a ver si encuentro algo más allá de donar sólo a una asociación ^^ A ver si se acepta más destinos para ese dinerito :D

24/11/2016, 15:15
Editado: 24/11/2016, 15:16

primero, bullah se acaba de dar de baja de web (me ha llegado un MP justo ahora)

O.O!

Y eso, como afecta a lo de la JOKU? se puede hablar con él por otro lado?

24/11/2016, 15:18

bullah se acaba de dar de baja de web (me ha llegado un MP justo ahora)

Solo tengo que añadir, así en un todo conforme a la situación un "vaya huevos, majos".

24/11/2016, 15:26

Y eso, como afecta a lo de la JOKU?

Entiendo que, a menos que sea una de las personas autorizadas para manejar dinero de alguna cuenta de la JOKU, no deberia afectar, más allá del hecho de que es una persona menos son la que contar para hacer gestiones en nombre de la JOKU como miembro de esta.

se puede hablar con él por otro lado?

Quiero creer que la JOKU tendrá medios para ponerse en contacto unos con otros, ya sea mediante telefono, whatsapp o correo electronico.

24/11/2016, 15:37

Para seguir investigando, necesitaría los estatutos de la JOKU, porque, realmente, sigo sin entender que no se pueda dar el dinero a la web (aunque ésta no sea nada más que un dominio en internet, o como se diga). Mirando el art. 18 de la Ley de Asociaciones del 2002, éste dice:

3. Corresponde a los liquidadores:

e) Aplicar los bienes sobrantes de la asociación a los fines previstos por los Estatutos.

Nada de otra asociación, nada de que tenga que ser sin ánimo de lucro, nada de que nada. La ley es muy concisa, y remite a los estatutos para que cada asociación haga lo que le dé la gana con el dinero (como si se decide que vuelva a cada persona el dinero que hay a partes iguales, claro que se puede). Cada uno hace con el dinero de su asociación lo que le da la gana (obviamente, dentro de la legalidad: no vayamos a donar dinero al DAESH o cosas así U.U). Entonces, es aquí cuando entran los estatutos. Si en los estatutos de la JOKU sigue poniendo que es comunidadumbría.com la que recibe el dinero, lo recibe y punto. No va en contra de la ley, no va en contra de los estatutos. Sin embargo, si lo que se quiere es que ese dinero vaya para una asociación que tenga alguno de los miembros de la JOKU o para una asociación totalmente ajena a comunidadumbria.com, y los estatutos mantienen que se destine a comunidadmumbria.com, aquí sí habría problemas, porque no se está cumpliendo lo que los estatutos dicen.

Entonces, mi pregunta es: ¿qué es lo que dicen los estatutos exactamente? 

24/11/2016, 15:55

Los estatutos son públicos, pagando una ridícula tasa cualquiera puede acceder a ellos.

24/11/2016, 15:56

Voy tan mal, tan mal de pasta, que, antes de pagar por unos estatutos, pregunto por aquí a ver si un alma caritativa los puede publicar ^^ 

24/11/2016, 15:59

Si tu te das el paseo hasta el registro yo me comprometo firmemente a hacer de mecenas por una buena causa.

;-)

Ahora bien ¿De qué nos va a servir tener los estatutos? ¿Crees que vamos a conseguir convencer a alguien de algo?

24/11/2016, 16:05

Oh, no se trata de convencer, aquí no se convence ^^. Simplemente es conocer la verdad. Y aclarar, finalmente, si se mantiene el destino original que Mancuspia y los demás dieron en su día, o, por el contrario, los estatutos han cambiado, y se han modificado ciertos artículos, que nosotros creemos que dicen una cosa, y luego resulta que dice otra. 

Lo importante es que, por ley, sí, se puede dar ese dinero a la web, siempre y cuando los estatutos de la JOKU sigan diciendo eso. Si esto ha cambiado, entonces, me temo que habrá que hacer lo que digan los estatutos, y si éstos no contemplan a la web como receptora de tal dinero, se quedará la web sin él. 

24/11/2016, 16:09
Editado: 24/11/2016, 16:11

Vaya, vaya ¿Así que tenemos a una auténtica paladina de la Justicia en busca de la Verdad?

Déjame acompañarte, pues, en tan amargo viaje.

X-D

Si estas en Madrid y el registro está abierto, por mi salimos para allá ahora mismo.

 

24/11/2016, 16:12

Vaya, vaya ¿Así que tenemos a una auténtica paladina de la Justicia en busca de la Verdad?

XDXD Supongo que por eso no consigo trabajo XXDXDXDXD

Déjame acompañarte, pues, en tan amargo viaje.

Si estas en Madrid y el registro está abierto, por mi salimos para allá ahora mismo.

No hay que correr, Enaitz ^^ Dejemos que Carni o algún otro suban por aquí los estatutos, y podamos aclarar esto por fin ^^

24/11/2016, 16:15

Vale, vale, pues tu te lo pierdes, desde luego queda claro que no eres una paladina de Chronos.

:-P

24/11/2016, 16:25

Paladina de nadie, la verdad XDXDXDXD

Por cierto, aquí están las tasas que el Ministerio del Interior tiene publicadas en su página web:

Asociaciones

 

Inscripción de constitución de asociación 37,38 €
Inscripciones de asociaciones en el RNA por transformación 37,38 €
Inscripción de constitución de federación, confederación y unión de asociaciones 56,08 €
Inscripción de modificación de estatutos 18,74 €
Inscripción de apertura/cambio de delegaciones o establecimientos 18,74 €
Inscripción de incorporación de asociaciones a federación, confederación y unión de asociaciones 18,74 €
Inscripción de delegaciones en España de asociaciones extranjeras 37,38 €
Inscripción de adaptación a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, con modificación de estatutos 18,74 €
Obtención de informaciones o certificaciones y examen de documentación 11,58 €
Obtención de listados 11,58 €

Lo pongo porque se me acaba de ocurrir que no cerréis esa cuenta tan temprano. No sé si tenéis que pagar algo por la disolución de la asociación, y su cancelación en el Registro ^^ 

24/11/2016, 16:30

Esto es un caos.

24/11/2016, 16:48

Sin entender nada de las leyes españolas...(acá en Chile es mas sencilla la cosa...creo O.ó)

Me surge una pregunta... ¿Es posible usar el dinero que queda para contratar a un abogado para que gestione todo esto de la disolución y los cierres de cuentas?.

Si se hace mucho problema por el "destino" de ese dinero, ¿no seria mejor gastarlo en solucionar todo el problema en si?+

Puck
 
Carné Umbriano nº287
24/11/2016, 16:50

Me surge una pregunta... ¿Es posible usar el dinero que queda para contratar a un abogado para que gestione todo esto de la disolución y los cierres de cuentas?.

Seguro que se puede, pero el dinero que queda no creo que de para pagar uno :)

24/11/2016, 16:51

Yo voto por contratar a Mooneyes, seguro que pone más interés que cualquier abogaducho que encontremos por ahí.

24/11/2016, 17:10

Sobre la cuenta en mi humilde opinión no sirve de nada que Julia vaya 6 veces,  o 600, si la cuenta esta asociada a una que tiene como titular a Mancuspia como persona física, jamás la cancelarán si no va él en persona o alguien que tenga un poder notarial bastante para hacer eso.

Es decir , o va él, o la cuenta se queda donde está.

Sobre los fondos supongo que si la Joku no se ha adaptado a los cambios normativos, debería poder hacerlo ahora. Parece que están en ello.

24/11/2016, 17:26
Editado: 24/11/2016, 17:56

Hola.

Qué bien que se mueva esto.

Para el que no sepa de qué va esto, yo soy el anterior presidente de la JOKU y todo el papeleo lo llevaba yo (inscribir estatutos, abrir cuentas y toda la pesca).

Primera cosa que quiero aclarar: LA CUENTA NUNCA HA ESTADO A MI NOMBRE.

El titular de la cuenta es la asociación JOKU. Yo figuro como autorizado (cosa que la nueva JD tendría que haber cambiado desde el principio, como dice Puck; tengo mails de noviembre del año pasado y supongo que habrá posts por ahí en la partida de la JOKU en los que les digo esto a la nueva JOKU). Para cerrar una cuenta cuyo titular es una asociación no hace falta cambiar de autorizado ni que yo haga nada (el autorizado es solo el que tiene el permiso para operar habitualmente con esa cuenta, pero por ejemplo no puede cerrar la cuenta).

Por tanto, aunque yo siga siendo el autorizado (lo cual no es culpa mia sino de la nueva JD, que debiera haberlo cambiarlo en su momento) ni como autorizado ni como persona ya ajena a la JD de la asociación tengo potestad para hacer nada, mucho menos cerrar la cuenta.

Para cerrar la cuenta, la nueva JD de la JOKU tendría que ir al banco con una copia del registro de la nueva directiva (que tienen desde mayo, o eso me dijeron entonces) y con una copia del acta en el que dicen que "Reunida la Junta Directiva de la Asociación JOKU tal y tal decide cerrar la cuenta número tal en Cajamar (firmada por el secretario). Y con eso se cierra la cuenta.

No es la primera vez que digo esto, se lo he dicho por mail (llevo desde hace casi un año diciéndoles esto por mails) y por teléfono (a Oriol, que leo que se acaba de dar de baja... en fin). 

Segunda cosa: los estatutos. Yo subo los que tengo, antes de las modificaciones que se dicen aquí que se han tenido que hacer (modificaciones que nadie ha sido capaz de concretar aún). Sería interesante que los miembros de la actual JD explicarais que vais a hacer con el dinero. Me remito a mi primer post de este hilo, donde se cita la ley: no se dice que el dinero deba ir a parar a una asociación. Leed bien. En cualquier caso, aunque así fuera, lo mínimo sería preguntar en Umbría a la gente, ya que ese dinero es suyo.

Tercera cosa: 

¿Porque la JOKU tiene dos cuentas asociadas a ella? Entiendo que la primera Junta abrió una cuenta para gestionar los dineros que se manejaban de una Kedada a otra y que la titularidad de esa cuenta ha ido pasando de JOKU a JOKU (o de responsable a responsable, si quereís) hasta esta ultima Junta. Asi que, ¿existe más de una cuenta? ¿Porque?

La nueva JOKU decidió abrir una cuenta a nombre de los integrantes de la nueva Junta Directiva en lugar de usar la antigua de Cajamar, que estaba a nombre de la asociación. Yo aconsejé que usaran la cuenta de Cajamar cambiando de autorizado y quitándome a mí, porque habría hecho la transición más sencilla y a mí me habría desvinculado por fin de este asunto, y nuevamente tengo mails que demuestran que lo dije y cuando lo dije.

La cuenta en la que queda ahora el remanente de la JOKU es la suya, imagino.

 

24/11/2016, 17:27
Editado: 24/11/2016, 17:29

Yo voto por contratar a Mooneyes, seguro que pone más interés que cualquier abogaducho que encontremos por ahí.

XDXDXDD Gracias por la confianza, Enaitz :D XDXDXD

La cuestión es que, bueno, a mí me gustaría, antes de proceder a linchar, que los miembros de la JOKU se expliquen y demás, porque creo en esto de la presunción de inocencia (de momento), pero me gustaría, sobre todo, que fueran claros. Porque, bueno, una no es tonta, y se huele por dónde están yendo las cosas, y, de verdad, de verdad de la buena, no quiero ir a la comisaría a poner una denuncia por fraude de ley, estafa y apropiación indebida en un bonito concurso de normas :DDD Así que, miembros de la JOKU, agradeceríamos mucho, muchísimo, que dieses explicaciones de verdad, de verdad de la buena, y no sacándoos de la manga un "esto es ilegal" porque aquí habrá gente que se lo crea, pero yo no.

Edito: gracias, mil gracias por subir los estatutos, Mancuspia. Te lo agradezco un montón :D 

24/11/2016, 17:32

Esos Estatutos que he subido son los que se registraron con la constitución de la asociación. Únicamente he quitado el acta de constitución y las firmas finales porque aparecían datos personales de la antigua JD, pero no afecta al contenido de los Estatutos.

24/11/2016, 17:35

No, no, perfecto, Mancuspia, perfecto ^^ 

Se podrán mirar y analizar muy bien por fin :)))

Gracias, gracias :DDDD

24/11/2016, 17:55

Te pido disculpas Mancuspia, ¿es posible que la información que tengo de que la cuenta esa asociada a una personal tuya sea errónea?

En cualquier caso y todo el que ha sido tesorero de una comunidad de vecinos, por ejemplo, lo saben, para hacer los cambios se necesitan acta que refleja los cambios y dos firmas:el del autorizado saliente y el del entrante. Es más que probable que tu presencia física facilite cosas.

Dicho todo en ánimo constructivo, que a mí ni me va, ni me viene. De poco sirve enseñar mails diciendo tal o cual cosa, poneos de acuerdo y presentaos físicamente a solventarlo, ese es mi consejo.

24/11/2016, 18:19
Editado: 24/11/2016, 18:38

No pasa nada, disculpas aceptadas.

Por si acaso, un certificado de titularidad de la cuenta en cuestión. Y una captura de la web (he tachado mi nombre, pero como veis el titular es la Asociación, yo solo un autorizado).

Gracias por lo constructivo de tu post.

ARAM
 
Carné Umbriano nº36
24/11/2016, 18:24

No se ve nada, patou.

24/11/2016, 18:33
Editado: 24/11/2016, 18:39

¿Y ahora?

EDITO: Qué desastre todo xD Ahora creo que está todo bien. ¡Gracias a ambos!

24/11/2016, 18:36
Editado: 24/11/2016, 18:42

Ahora se ve tu identidad secreta... 

EDITO: Ahora correcto :)

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