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Situacion de la JOKU

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24/11/2016, 22:28
Editado: 24/11/2016, 22:29

Hola.

Visto lo visto, dejadme unos días para que me lea la ley con calma. Mancuspia ya ha explicado el tema de las dos cuentas, pero he de decir:

Para cerrar una cuenta cuyo titular es una asociación no hace falta cambiar de autorizado ni que yo haga nada (el autorizado es solo el que tiene el permiso para operar habitualmente con esa cuenta, pero por ejemplo no puede cerrar la cuenta).

Pues te juro que en el banco no hacen más que darme mil problemas. Hoy he llamado 4 veces en las que dos de ellas me las han cogido, dos personas distintas cada vez. Una me ha dicho que tendrías que ir tú a cerrarla. La otra que tendría que ir con los papeles a demostrar que la asociación ha cambiado de junta para que, previo paso por su departamento jurídico, pudiera yo cambiarla. Cuando llamé la semana pasada me dijeron que tú podrías cerrarla desde la sucursal que prefirieras...pero visto lo visto parece que nadie de con los que he hablado tenga mucha idea.

Y resulta que yo trabajo de 8:00 a 18:00 así que la cosa la tengo un pelín jodida.

24/11/2016, 22:38

Llevamos desde enero de 2016 con esto y sois cinco miembros en la JOKU, Carnifex. Cuando yo estaba en tu posición no le decía a la gente que no podía hacer a lo que me había comprometido porque no me cogían el teléfono o porque me daban información contradictoria o porque trabajaba, así que me vas a permitir que te pida a ti al menos lo que me exigía a mí mismo. 

Entiendo que si llamas muchas veces te van a dar muchas respuestas distintas. Pero yo llevo diciéndoos (a quien leyera los correos de la cuenta de la JOKU, supongo que Bullah) cómo había que hacerlo desde enero de 2016, y me da la impresión de que no habéis probado a hacerlo. (No, no se hace llamando por teléfono).

Por cierto, ya que te veo. Mándame por favor la copia del registro de la nueva JD en el ministerio, que os la pedí reiteradas veces y no me la llegasteis a mandar (y fue un compromiso al que llegamos). Y así me quedo tranquilo sabiendo que en efecto ya no soy el presidente de la asociación, que visto lo visto ya hasta lo empiezo a dudar.

25/11/2016, 16:24

Estoy leyendo cosas asombrado. Entonces la cuenta es de la JOKU no de manscupia. En ese caso puedes darte de baja como autorizado y olvidarte del problema. Total si no es tu cuenta tampoco puedes reclamarles nada ¿no? Es de ellos no se. Si en su momento pasaste la cuenta a ellos fue porque ellos eran los propietarios como JOKU. No veo ningun motivo de porque reclamarle nada a los demas si no es tuya la cuenta...

25/11/2016, 17:44

La cuestión no es esa, thecape. Mancuspia, como antiguo presidente de la JOKU, lo que está pidiendo es la confirmación de que se ha hecho el cambio de junta directiva para confirmar que se ha desvinculado totalmente de la JOKU y su dirección, que parece que es lo que pidió cuando se hizo a un lado y dio el mando a los actuales miembros.

Así pues, pide el acta de conformación de la nueva directiva y su inscripción en el registro. 

La cuestión no es que esté como autorizado o no en dicha cuenta, la cuestión es que con la formación de la nueva junta, la JOKU puede ir al banco donde esté la cuenta e iniciar los trámites para cerrarla sin necesidad de la firma del autorizado. Una persona autorizada, no tiene poder sobre la cuenta, lo que puede hacer es ir al banco y decir "quiero dinero de tal sitio" y enseñando el DNI y tal, pues el banco no se negará. Y Mancuspia no quiere tener problemas con eso. Es la propia JOKU la que tiene que quitarle la autorización.

Y solo decir que la cosa se ve muy negra desde fuera. Yo ni tengo ni quiero tener nada que ver con las KKDs, pero toooda la situación se ve bastante turbia. 

25/11/2016, 17:53

Así pues, pide el acta de conformación de la nueva directiva y su inscripción en el registro. 

 

Ah pues ¿Porque no envio un mp a estos desde el principio pidiendoles ese papel y ya esta? No se a que viene todo esto de la cuenta y no se que. Es un asunto privado no se...

 Es la propia JOKU la que tiene que quitarle la autorización.

El tambien puede quitarse de autorizado si le molesta.

25/11/2016, 17:56

La JOKU huele a Gürtel :P

Chemo
 
Demiurgo (Fundador de la web) Carné Umbriano nº1
25/11/2016, 18:08

Hola.

A los que llegáis aquí un poco despistados y sin saber de que va el tema: por favor absteneos de opinar y no enturbiéis todavía más el tema, que ya bastante tenemos.

Estamos esperando una serie de respuestas a preguntas importantes que implican dinero de umbrianos, así que NO es un tema privado, pero tampoco es un mercadillo de SinCla. 

Gracias por colaborar.

26/11/2016, 11:44

Ah pues ¿Porque no envio un mp a estos desde el principio pidiendoles ese papel y ya esta? No se a que viene todo esto de la cuenta y no se que. Es un asunto privado no se...

Lo que te dijo Chemo. El asunto es privado, pero el dinero no lo es. Es de umbrianos, y es de razón que se sepa qué pasa o deja de pasar con él.

Y segundo punto, y esto es algo que te puedo decir que se aplica a todos los niveles de vida empresarial y yo tuve que usar por las malas (en una querella por despido ilegal): todo tiene que tener un rastro en papel, y cuanto más público mejor. A la hora de defender o demostrar mala praxis de cualquier tipo, las evidencias mejor cuanto más y ante más testigos sean, mejor. Le quita munición a la defensa si intenta demostrar duda razonable o ausencia de mala voluntad. Es jodido como concepto en sí, pero es lo que hay. Si las cosas llegan a las malas, la gente no se respeta ni a las madres.

Pues te juro que en el banco no hacen más que darme mil problemas. Hoy he llamado 4 veces en las que dos de ellas me las han cogido, dos personas distintas cada vez.

Mira, yo he trabajado en el helpdesk de operaciones de oficinas de BBVA en su momento. Casualmente también, el BBVA era donde trabajaba mi padre hasta que se prejubiló, así que trato con oficinas, entre él y yo, hemos tenido. También trabaje en servicio de cancelaciones, así que se como funciona la cabecita de un operador de cancelaciones. Y te puedo decir una cosa. Salvo que el banco sea una de los que no tiene oficinas físicas, las llamadas telefónicas se las pasan por el culo. Se las dan al primero que esté libre en ese momento, especialmente si es un momento en que estén ocupados. Es decir, a alguien que no tiene ni idea de qué va esta vaina ni tiene interés en enterarse, porque si se entera, cuando esto vuelva a emerger le irán a buscar para que lo solucione él.

Y sin tener una "carpeta" del tema en la que tenga acceso rápido a los datos de la cuenta y los titulares, y tenga que ponerse a bucear en notas, post-its u otras anotaciones de otra gente, o a la memoria de cuando le llamaste una vez y le dijiste lo que fuera, no lo va a hacer. Va a ponerse con su cola kilométrica de transacciones que si tienen registro en papel y están esperando que alguien las haga, y cuando lleve tres horas con eso su recuerdo de tu llamada va a haber caído más bajo que el caché de Zack Snyder.

Si tienes mucha suerte es posible que alguien llame al servicio de ayuda a oficinas a ver si alguien sabe de que va esto. En ese caso, el empleado hablará con un señoro o señora muy amable que tampoco tiene ni puta idea, pero que tiene acceso a una base de datos de problemas menos actualizada que las hachas de sílex del Museo Nacional de la Prehistoria, con un sistema de búsqueda intuitivo y asequible por la parte de los huevos que le dará si Diosito quiere un hermoso tocho que le leerá al señor empleado sin entender ni papa, y que el señor empleado dejará de escuchar a los dos segundos. En serio, intenta retener unas instrucciones largas que alguien te de por teléfono leyendo de un manual técnico. Agüita de rosas.

Si ese día a Zeus en persona le pareces un tío majo y te premia con suerte, puede que el señoro de soporte intente hablar con su especialista, para que pueda hablarlo directamente con el empleado. En... casi año y pico que yo trabajé allí, creo que pude hablar un especialista como 3 veces. Bueno, dos, porque una me lo cogió por error y me dijo que "me lo miraría". Ja.

En fin, resumiendo. Vais a tener que ir. Vais a tener que ir en bloque y decir que no os pensáis ir hasta que alguien se moje realmente el culo y os de una serie de pasos por escrito bien claros y definidos de todo lo que tenéis que hacer, qué documentos presentar, por quienes, dónde, cuando, cómo, y por quién preguntáis la siguiente vez que vayáis. Si no lo sabe que busque a quien lo sabe, que la silla de su escritorio es cómoda, os habéis traído el Kindle y no tenéis ninguna prisa.

Recomendación adicional: si os dice que cualquier cosa "es ilegal", llevad los artículos pertinentes del Código impresos, enseñádselos y decidle que os indique por favor que artículo o punto de uno contraviene y cómo. Que nos conocemos y lo de "es ilegal" tiene tendencia a dejar de serlo rápidamente cuanto más se acerca la cosa a un juzgado.

Rastro en papel con nombres y fechas para todo. Y para eso hay que entregar los papeles en mano y llevar las contrarespuestas en persona. ¿Que jode? Ya. También yo cuando estuve en una organización que montaba vivos tuve que joderme y pillarme medio día en el curro, o el día entero, y pasarme mi tiempo de "ocio" lidiando con la maravillosa burrocracia bancaria, y no porque me encantase ese olor a papel de impresora a las siete de la mañana. Si no me hubiese prestado voluntario no me habría tocado hacerlo, pero me presenté. Ajo y agua.

 

 

26/11/2016, 11:57

Leonid ha descrito el mundo bancario con precisión milimetrica +10. 

Si, vais a tener que personaros todos para empezar. Estoy seguro. Lo demás será perder el tiempo.

Puck
 
Carné Umbriano nº287
26/11/2016, 23:16

Salvo que el banco sea una de los que no tiene oficinas físicas, las llamadas telefónicas se las pasan por el culo. Se las dan al primero que esté libre en ese momento, especialmente si es un momento en que estén ocupados. Es decir, a alguien que no tiene ni idea de qué va esta vaina ni tiene interés en enterarse, porque si se entera, cuando esto vuelva a emerger le irán a buscar para que lo solucione él.

Tal cual, tienen gente arriba llamándoles cada día para ver cuantos seguros, planes, fondos etc etc han vendido hoy. Y x productos más. Si un día has vendido algo de otro, te dicen "vale ¿y de lo otro?.

Si quieren conservar su trabajo tienen que utilizar su tiempo para ello. Si fueras un cliente con mil productos adicionales o que les hace ganar dinero... ok te atenderán. Si no se te quitarán de encima lo más pronto posible.

Por teléfono no pueden gestionar cosas, no pueden hacer operaciones efectivas. No hay firma. Sobre todo en cancelaciones y cambios de titularidad.

Si vas y te sientas y sonríes y no pueden largarte rápido y tienes todos los papeles (ya los han indicado) van a tener que hacerlo. Mandarlo a asesoría o, con un poco de suerte y todos los papeles, cancelartela al momento. "A ver... el papel del cambio de administradores. Los DNIs de los nuevos administradores. Trae que lo fotocopio y lo archivo, toma el impreso de cancelación, firma, me la quito, a otra cosa, un problema menos". 

Podría recordar ejemplos así a sí a miles.

Me acuerdo de mi director en Oviedo, le dejé una cancelación una vez preparada (tenía los papeles firmados). Yo me iba de vacaciones la semana en cuestión. Tenía que hacerla el miércoles porque el jueves entraba una comisión, no podía hacerla antes del miércoles porque el martes entraba pasta en la cuenta (era una cancelación que iba a otra). 
Y se lo dejé en un folio, indicado todo con mayúsculas para tontitos. Putos diagramas. No la hizo. "Huy, tuve mucho trabajo y se me olvidó". Y fuera. Y a retroceder comisiones (cosa que no dejan hacer muchas veces a los de la oficina y blabla).
Y se la había dejado a él porque era el único que se había ofrecido. El resto me habían mirado "si quieres hacer eso, sacar ese marrón, estate aquí". Si coges el marrón, soluciónalo tú. 

Si tienes mucha suerte es posible que alguien llame al servicio de ayuda a oficinas a ver si alguien sabe de que va esto. En ese caso, el empleado hablará con un señoro o señora muy amable que tampoco tiene ni puta idea, pero que tiene acceso a una base de datos de problemas menos actualizada que las hachas de sílex del Museo Nacional de la Prehistoria, con un sistema de búsqueda intuitivo y asequible por la parte de los huevos que le dará si Diosito quiere un hermoso tocho que le leerá al señor empleado sin entender ni papa, y que el señor empleado dejará de escuchar a los dos segundos. En serio, intenta retener unas instrucciones largas que alguien te de por teléfono leyendo de un manual técnico. Agüita de rosas.

El manual técnico es del programa no anterior, sino a veces del anterior del anterior. Pueden haber metido dos nuevos (a mí me ha pasado). O diecisiete cambios. A veces el de servicios centrales sabe de lo que habla. Y te ayuda, eso solía ser antes de que les putearan a muerte. Ahora de ayuda a oficinas... ¡ja!. 

En fin, resumiendo. Vais a tener que ir. Vais a tener que ir en bloque y decir que no os pensáis ir hasta que alguien se moje realmente el culo y os de una serie de pasos por escrito bien claros y definidos de todo lo que tenéis que hacer, qué documentos presentar, por quienes, dónde, cuando, cómo, y por quién preguntáis la siguiente vez que vayáis. Si no lo sabe que busque a quien lo sabe, que la silla de su escritorio es cómoda, os habéis traído el Kindle y no tenéis ninguna prisa.

Funciona también ponerles una hoja de reclamaciones (se puede) eso sí, no te levantes de la mesa y escribe lento. En este caso tenéis razón: Es una cuenta de la oficina. Tenéis los papeles del cambio de apoderados (espero), y sobre todo, es poca pasta y es que le den a un botón. Con un poco de suerte no se complican, le dan, lo guardan todo y fuera. Que son 30 cochinos euros.  

27/11/2016, 01:25

Mancuspia debería haberte llegado un correo.

En cuanto a la cuenta de Cajamar, no me quedan días libres en el curro hasta el 2017. Veremos a ver si en la sucursal que tengo al lado de la oficina me pueden solucionar algo...

Y en cuanto al tema del resto de la pasta, pues me llegan opiniones distintas según a quien pregunte (abogados todos ellos, guau) y lo que seguro que no da problemas es donarlo a otra asociación sin ánimo de lucro. Entiendo que lo mejor sería donarlo a alguna asociación que tuviera algo que ver con Umbría y si fuera una asociación que se planteara hacer algo para la próxima KDD ya fenomenal.

Mi idea es un poco saber a que asociación en la que participen umbrianos le pudiera interesar. Se aceptan sugerencias.

Puck
 
Carné Umbriano nº287
27/11/2016, 09:52
Editado: 27/11/2016, 10:18

Y en cuanto al tema del resto de la pasta, pues me llegan opiniones distintas según a quien pregunte (abogados todos ellos, guau) y lo que seguro que no da problemas es donarlo a otra asociación sin ánimo de lucro. Entiendo que lo mejor sería donarlo a alguna asociación que tuviera algo que ver con Umbría y si fuera una asociación que se planteara hacer algo para la próxima KDD ya fenomenal.

Mi idea es un poco saber a que asociación en la que participen umbrianos le pudiera interesar. Se aceptan sugerencias.

¿Y serías tan amable de decirnos en base a que te dicen esos abogados lo que tenéis que hacer? Porque aquí te han puesto también abogados la ley (y no abogados). 

En particular lo que dijo Mancuspia, lo que decían los antiguos estatutos:

Artículo 37. En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante líquido, lo destinará para fines que no desvirtúen su naturaleza no lucrativa, concretamente al mantenimiento de la Web sin ánimo de lucro www.comunidadumbria.com, en el caso de que ésta siguiera existiendo y siguiera realizando sus labores sin ánimo de lucro.

La pregunta es, como hemos puesto mil veces ¿qué dicen los nuevos? Si los habéis cambiado a un artículo que dice "en caso de disolución se entregará a otra asociación sin ánimo de lucro" y no hay otra cosa entonces zas, tendréis que hacer eso. 

Mancuspia puso esta ley orgánica, del 2002. 

Artículo 18 Liquidación de la asociación

1. La disolución de la asociación abre el período de liquidación, hasta el fin del cual la entidad conservará su personalidad jurídica.

2. Los miembros del órgano de representación en el momento de la disolución se convierten en liquidadores, salvo que los Estatutos establezcan otra cosa o bien los designe la Asamblea General o el juez que, en su caso, acuerde la disolución.

3. Corresponde a los liquidadores:

a) Velar por la integridad del patrimonio de la asociación.
b) Concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas, que sean precisas para la liquidación.
c) Cobrar los créditos de la asociación.
d) Liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores.
e) Aplicar los bienes sobrantes de la asociación a los fines previstos por los Estatutos.
f) Solicitar la cancelación de los asientos en el Registro.

¿Hay otra, ¿es decir? Ha salido otra ley que dice que lo sobrante hay que aplicarlo a lo que decís de "otra asociación que comparta los fines"?

Si sacas una ley posterior que lo diga (esos abogados te lo habrán dicho), o modificación, nada que decir, pero esos abogados te habrán dicho que ley sería, ¿no? 

La ley de asociaciones que han citado Mancuspia y Mooneyes es esta: 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-58...

Te la puedes leer, el artículo 18 es tal y como lo ponen, y ahí vienen además todas las modificaciones... ¡Y el artículo 18 no lo han modificado todavía, está en vigor...! ¡Y es una Ley Orgánica! De las Super-Gordas... 

En mi opinión, salvo que los estatutos digan otra cosa...

"dimos el dinero al servidor y nos olvidamos del asunto"

"pero..."

"cumplimos la Ley orgánica"

"but"

"Ley orgánica, 1/2002, artículo 18 3.e, suck my balls"

27/11/2016, 10:35

Y repito: es mucho más fácil, y no nos va a dar problemas (salvo que algo se haga como el culo) usar el dinero para los fines de la asociación antes de disolverla. 

Gastemos el remanente (salvo lo preciso para cerrar la cuenta, que supongo que serán unos quince, o veinte euros, en la próxima quedada.

De verdad, eso está permitido, y no tiene dificultad alguna.

Y esto lo único que hace es quemarnos la sangre a todos de forma bastante innecesaria.

Puck
 
Carné Umbriano nº287
27/11/2016, 10:51

Yo ya estoy quemado.
Si me decis como se hace, mañana me voy al registro a por una copia de los estatutos nuevos.

27/11/2016, 11:17

Esto ya empieza a mosquearme. ¿Qué es lo que dicen esos abogados, y en qué se basan para afirmar que se puede hacer una cosa diferente de lo que dicen unos estatutos en vigor? Lo mismo que pregunta Puck, vaya.

Efectivamente, la ley no ha cambiado en lo que concierne a la disolución de la asociación, por lo que sigue siendo el mismo proceso desde el 2002.

No sé, hay cosas que no me cuadran, y me gustaría que se explicara eso de darlo a otra asociación (e insistir en ello) cuando ya hay un destino de ese dinero escrito en los estatutos.

Chemo
 
Demiurgo (Fundador de la web) Carné Umbriano nº1
27/11/2016, 11:46

A mí me parece que si esos estatutos aparecieran, cuanto antes, se resolverían solas muchas dudas. Cuando le pido algo a alguien y esa persona sólo me da largas a mí me resulta muy sospechoso. El tema está en que para poder publicar esos estatutos en el registro doy por hecho QUE ALGUIEN DE LA JOKU TENDRA UNA COPIA. ¿No? Bien... pues si no la tenéis como comprenderéis todo eso que me contáis con respecto a unos estatutos fantasma me parece una tomadura de pelo.

¿Qué tipo de asociación no es capaz de encontrar sus estatutos? ¿Si os viene una inspección también le vais a dar largas? Empiezo a sospechar que esos estatutos tienen algo que no queráis que veamos o que se van a destapar más mentiras. Si no es así sacad los estatutos y calladnos la boca a todos.

A lo mejor tenéis razón y la mejor solución es darle el dinero a Ayudar Jugando (o una asocación similar, pero que el dinero de las KDD umbrianas no vaya para que una asociación privada se compre manuales a nuestra costa). Pero callar las bocas es tan sencillo como MOSTRAR LOS ESTATUTOS. Y ya. 

27/11/2016, 12:26

A mí es que esto de no enseñar estatutos y decir que es que tiene que ir a una asociación, esquivando el tema y poniendo en abierto "venga, ¿qué asociación de umbrianos quiere que le demos el dinero?", me da que pensar. De que lo mismo ya alguien ha pedido que se le dé ese dinero para su asociación y es mejor seguir esquivando balones como lo hacen desde el principio de los tiempos. 

Porque pedir los estatutos no es nuevo, porque en EL HILOMartin Kiusack dijo, a 9/12/2015.

Buenas.

Disculpad mi intromisión pero me gustaria saber si se puede subir una copia digital de los estatutos de la JOKU a este hilo.

Gracias.

Y @Julia le respondió:

Estimado Martin, me gustaria pedirte que esperas hasta el dia 16 en el que todo este ya formado mas o menos y que los que entremos podamos echarle un vistazo a los mismos para poder ver  como esta todo. 
Una vez los veamos, subiremos una copia para la descarga de cualquier umbriano que asi lo desee y si hubiera que hacer algun cambio tambien se os lo haria saber, esto seria en el caso de que yo entrara.

Si no entrara, agradeceria como Martin una copia de esos estatutos

Que son cosas, que cuando alguien se pasa por el arco del triunfo desde un principio, pues oye da que pensar. Más si ahora se dice que no se puede dar el dinero a umbría o similar...

27/11/2016, 12:42

No obstante...Carnifex pidió hace cuatro días unos días. Creo que deberíamos dar al menos una semana para que se explique tanto el tema de los estatutos, como de la titularidad de la Joku, como del destino de los fondos existentes.

También la Joku anterior fue parca mientras lo era en mostrar los estatutos (cosa que no entiendo ni ahora ni antes) pero, en todo caso, creo que podemos esperar una semana a ver si lo arreglan (si es que hay alguna cosa que arreglar) y nos lo explican

27/11/2016, 12:49

Claro, los días que hagan falta, no es que el resto podamos hacer nada al respecto. Que Julia dijo el día 16 pero no dijo ni mes ni año xD

Yo lo que quiero decir que tras casi un año y eso, pues me parece raro. Más que ahora tenga que ser X sin mostrar si hay opción a Y. Nada más. Yo estuve en una asociación hace años y todos los miembros teníamos una copia de los estatutos, que no pido expresamente a Carnifex nada.

27/11/2016, 12:50

En cuanto a la cuenta de Cajamar, no me quedan días libres en el curro hasta el 2017. Veremos a ver si en la sucursal que tengo al lado de la oficina me pueden solucionar algo...

No. Siento que parezca que estoy intentando joder o buscarte cosquillas, pero te lo he explicado yo desde la experiencia real, y te lo ha explicado Puck que lo sabrá incluso mejor que yo por lo que le toca. La gente de las oficinas va a destajo, suelen estar puteados +10.000 y con el agua al cuello, y lo último que quieren es más marrones que encima no sean suyos y no les reporten nada.

Puedes tener suerte de que el empleado de turno haya pegado el polvazo del milenio con su novia la noche anterior y se sienta un ser cósmico lleno de amor por el mundo y sus semejantes y te intente ayudar un poquillo desde dentro, pero no cuentes con ello de mano.

Y en cuanto al tema del resto de la pasta, pues me llegan opiniones distintas según a quien pregunte (abogados todos ellos, guau) 

Los abogados también están vendiendo un servicio, Carnifex. Cada uno te va a decir lo que más le convenga para alargar el proceso y que sus cuotas crezcan el tiempo. Es una putada y suena a cosa de "malah pizonas" pero como cualquier empresa o profesional independiente, buscan que cada fregao en que se meten (que les quita tiempo y recursos) les rente el máximo posible.

Cada uno se busca arrimar la sardina a su ascua y a cuantos más preguntes, más te vas a liar. Lo importante en estos casos es que no te coman el tarro. Ellos te hablarán de las interpretaciones de la ley e historias, pero el caso es que la ley es la ley y punto. Las "interpretaciones" entran a juego cuando hay juicio, y nadie va a llevaros a juicio por una cantidad que no sea importante. Aunque el banco tuviese la seguridad de ganar (que es discutible, porque los jueces no son tontos y muchos ya saben de qué pie cojean algunos bancos, operadoras telefónicas y otra gentecilla simpática de por ahí), porque cada uno de esos es pasta que el banco está pringando poniendo a sus abogados y procuradores a currar. Y si cancelarte a ti una cuenta les da ponte que 100 euros de pérdidas y su bufete les cobra el triple que eso por hora, pues...

Si te cuentan cualquier cosa, que te digan la ley en la que se recoge el supuesto y la ley en la que se basan para plantear lo que te dicen. A qué Código pertenece, y cual es el número de Artículo. El Código exacto en el que aparece con artículo y número, y subrayado. Algo que puedas comprobar tú mismo. No es tan difícil sabiendo los datos. Algunos códigos puedes descargarlos gratis de la página del BOE (el Código Penal al menos si se puede), y si no seguro que Mooneyes o algún otro abogado umbriano los tiene.

Me acuerdo de mi director en Oviedo, le dejé una cancelación una vez preparada (tenía los papeles firmados).

Anda. Justo mi padre estaba en una oficina en Gijón (que también es donde viví hasta los 27 y donde siguen viviendo mis padres). Mundo pequeño :P.

 A veces el de servicios centrales sabe de lo que habla. Y te ayuda, eso solía ser antes de que les putearan a muerte. Ahora de ayuda a oficinas... ¡ja!. 

Normal. A ver, yo currando 40 horas semanales con hora y media de metro hasta la sede que estaba en donde Cristo perdió la boina (a las 6:30 tenía que levantarme pa llegar) por 769 euros al mes y sin formación ni ayuda de ningún tipo (creo que la única vez que nos dieron de eso cuando nos sentaron y en unos 15 minutos nos explicaron como funcionaban los seguros), para las 11 de la mañana ya se me había acabado cualquier empatía que me pagasen por tener y a partir de ahí hasta las cuatro el resto ya era prestado a crédito de mi majismo personal (sin intereses, of course). A veces te llegaba algún caso concreto que te tocaba un poco la patata (una vez llamó una chica que debía ser nueva, había bloqueado una transacción y literalmente se me echó a llorar en el teléfono. Con unas cuantas velas a la Vírgen de los Desamparados tiramos de explicación y tragó- de milagro, porque esa respuesta me la sabía de memoria y no solía funcionar-) y hacía el esfuerzo, pero ¿el resto? No me pagaban (ni a mi ni a nadie) suficiente no ya para esa mierda, es que ni para una décima parte de ella.

Eso mismo se aplica a empleados de oficina, por cierto. Por lo de arriba acerca de la "ayudabilidad". A ellos les pagan algo mejor, pero no mucho. Y no pueden escurrir el bulto diciendo "yo solo soy el CAS" como nosotros en su día.

¿Qué tipo de asociación no es capaz de encontrar sus estatutos? ¿Si os viene una inspección también le vais a dar largas? Empiezo a sospechar que esos estatutos tienen algo que no queráis que veamos o que se van a destapar más mentiras. Si no es así sacad los estatutos y calladnos la boca a todos.

+1015

 

27/11/2016, 15:59

Donadlo a Mostachonic.

27/11/2016, 17:09

Cita:

Creo que deberíamos dar al menos una semana para que se explique tanto el tema de los estatutos, como de la titularidad de la Joku, como del destino de los fondos existentes.
También la Joku anterior fue parca mientras lo era en mostrar los estatutos (cosa que no entiendo ni ahora ni antes) pero, en todo caso, creo que podemos esperar una semana a ver si lo arreglan (si es que hay alguna cosa que arreglar) y nos lo explican

Si los Estatutos están escritos, y aceptados, no veo a qué hay que esperar otra semana.

Más cuando se piden desde hace meses, y cuando el pato los viene reclamando y exigendo en este hilo y nadie dijo nada en otro mes.

Tiempo ¿para qué?

27/11/2016, 23:07
Editado: 27/11/2016, 23:10

Te la puedes leer, el artículo 18 es tal y como lo ponen, y ahí vienen además todas las modificaciones... ¡Y el artículo 18 no lo han modificado todavía, está en vigor...! ¡Y es una Ley Orgánica! De las Super-Gordas... 

Esa misma ley en el Capitulo 3, en su artículo 13, en el mismo enlace que ha pasado Mooneyes pone:

2. Los beneficios obtenidos por las asociaciones, derivados del ejercicio de actividades económicas, incluidas las prestaciones de servicios, deberán destinarse, exclusivamente, al cumplimiento de sus fines, sin que quepa en ningún caso su reparto entre los asociados ni entre sus cónyuges o personas que convivan con aquéllos con análoga relación de afectividad, ni entre sus parientes, ni su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo.

Artículo 18 Liquidación de la asociación

1. La disolución de la asociación abre el período de liquidación, hasta el fin del cual la entidad conservará su personalidad jurídica.

2. Los miembros del órgano de representación en el momento de la disolución se convierten en liquidadores, salvo que los Estatutos establezcan otra cosa o bien los designe la Asamblea General o el juez que, en su caso, acuerde la disolución.

3. Corresponde a los liquidadores:

a) Velar por la integridad del patrimonio de la asociación.
b) Concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas, que sean precisas para la liquidación.
c) Cobrar los créditos de la asociación.
d) Liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores.
e) Aplicar los bienes sobrantes de la asociación a los fines previstos por los Estatutos.
f) Solicitar la cancelación de los asientos en el Registro.

Los fines previstos por los estatutos es la organización de KDDs no el mantenimiento de la web.

Ambas cosas podrían dar problemas de cara a donar el dinero a la web. Y problemas no sólo a los miembros de la JOKU si no también a Chemo. Y es en la interpretación de ambas cosas donde difieren la gente a la que pregunto al respecto. Y entre todas las interpretaciones yo me quedaré con la más restrictiva.

Los estatutos no se están cambiando porque sí. Se inició el proceso de disolución y con ello una serie de trámites con el Ministerio. Para cerrar la asociación todo tiene que estar al día y cuando se envió la documentación se nos exigió una serie de cambios porque al final quien pone el límite y autoriza son el personal del Ministerio en el registro nacional de asociaciones, que se leen los estatutos y modificaciones y las autorizan o no. Uno de esos cambios ha sido precisamente el tema de darselo a umbría.

Gastemos el remanente (salvo lo preciso para cerrar la cuenta, que supongo que serán unos quince, o veinte euros, en la próxima quedada.

De verdad, eso está permitido, y no tiene dificultad alguna.

Si entiendo que eso podría ser una opción. Pero para eso hay que esperar, organizarse con la nueva KDD para ver de que manera se podría gastar ese dinero, etc.

A mí me parece que si esos estatutos aparecieran, cuanto antes, se resolverían solas muchas dudas. Cuando le pido algo a alguien y esa persona sólo me da largas a mí me resulta muy sospechoso. El tema está en que para poder publicar esos estatutos en el registro doy por hecho QUE ALGUIEN DE LA JOKU TENDRA UNA COPIA. ¿No? Bien... pues si no la tenéis como comprenderéis todo eso que me contáis con respecto a unos estatutos fantasma me parece una tomadura de pelo.

Estamos esperando respuesta del Ministerio así que ahora mismo en vigor los estatutos son los antiguos que habéis visto. Cuando me la puedan escanear subo una copia de la carta del ministerio con los últimos cambios que se piden.

No obstante...Carnifex pidió hace cuatro días unos días. Creo que deberíamos dar al menos una semana para que se explique tanto el tema de los estatutos, como de la titularidad de la Joku, como del destino de los fondos existentes.

También la Joku anterior fue parca mientras lo era en mostrar los estatutos (cosa que no entiendo ni ahora ni antes) pero, en todo caso, creo que podemos esperar una semana a ver si lo arreglan (si es que hay alguna cosa que arreglar) y nos lo explican

Gracias por la compresión Faifolk. Ya le envié un correo a Mancuspia, no se si lo habrá visto.

Puedes tener suerte de que el empleado de turno haya pegado el polvazo del milenio con su novia la noche anterior y se sienta un ser cósmico lleno de amor por el mundo y sus semejantes y te intente ayudar un poquillo desde dentro, pero no cuentes con ello de mano.

Bueno lo intentaré a ver si hay suerte. Aunque puestos a pedir tanta suerte mejor que me toque la lotería, dono mil pavos a umbría y todo solucionado xD

Y bueno si alguien quiere crear una aso con los mismos objetivos de la JOKU y se compromete a gastarlo en Umbría porque está seguro de que legalmente no hay ningún problema en donarlo directamente, pues le donamos la pasta a dicha persona y ya (aunque a la hora de hacer los estatutos los echarán para atrás). Aunque eso se alargaría muuuucho en el tiempo.

O paralizamos la disolución, cambiamos la junta directiva por alguien que si quiera donar el dinero directamente a Umbría y ya está.

Puck
 
Carné Umbriano nº287
27/11/2016, 23:27

Bueno, por fin una respuesta coherente:

Me gusta que pongas ese artículo :) y que sepamos cuales son los estatutos en vigor (los antiguos).  

2. Los beneficios obtenidos por las asociaciones, derivados del ejercicio de actividades económicas,

A ver, no ha habido ninguna actividad económica, ha sido un montón de gente que ha puesto pasta para pagar hoteles. El remanente no se considera, o no se debería considerar un "beneficio", para eso tendría que haber ingresos y gastos y una actividad económica. Así que entiendo que si entre los fines estuviera "el mantenimiento del servidor x" se podría poner... pero no está ahí al parecer, sino en otro artículo. 

Los fines previstos por los estatutos es la organización de KDDs no el mantenimiento de la web.

Uno de esos cambios ha sido precisamente el tema de darselo a umbría.

¿Entonces el artículo erróneo (uno de ellos) es el de "dar la pasta a umbría en el caso de disolución"? Si ese es el que os tiran para atrás (o uno de ellos), entiendo que no se pueda. 

Pero... ¿Por qué no lo dijiste desde el principio? Si llegas a decir... "el ministerio no nos autoriza el artículo de en la disolución dar la pasta a umbría para el mantenimiento del servidor" no hubieran corrido ríos de tinta con este tema. 

 Cuando me la puedan escanear subo una copia de la carta del ministerio con los últimos cambios que se piden.

Hazla una foto y súbela a drive, hombre, se tarda un segundo. Mira, estoy estudiando Economía Internacional, esta es la guía de la asignatura, he leído esto, le hecho una foto a la guía le he dado a compartir/subir a drive y mira:

https://drive.google.com/file/d/0B94JpniRMaJHd08xQ...

Todo el mundo puede verla ahí xd. 

Por eso me ponía negro en lo de los estatutos, no poderlos ver, se tardan tres minutos en ponerlos públicos sin escaneos ni nah de eso. 

Y por fin yo te recomendaría que no vayas a otra oficina que no sea la de la cuenta. Creo que físicamente no pueden cancelártela y te van a derivar. (Al menos a mi me daba error si quería cancelar cuentas de otras oficinas, no podía físicamente, si hasta le enseñaba el mensaje de error a la gente para decirles, mira, mno puedo, pone que el cliente debe ir a la oficina en cuestión que es donde está abierta). De hecho estoy casi seguro que lo pone en el contrato de la cuenta.  

27/11/2016, 23:45

¡Ahhhh! Es que estoy harta de que se tergiversen las cosas >.<
Vamos a ver, el articulo 13 famoso que se está mencionando es un artículo que habla del destino que el dinero y los bienes que maneja la asociación en vida ha de tener. ¡En vida! Las asociaciones son figuras jurídicas que están muy limitadas en tanto en cuanto sus estatutos digan. No se puede usar el dinero para hacer algo diferente de lo que los estatutos digan. ¡En vida! ¡VIDA! De hecho, el artículo 13 está en un capítulo que no habla de la disolución. No, repito, NO se debe traer a colación aquí.
Luego, lo que se ha de mirar es el capítulo que habla de la disolución. Disolución. Ahí nos encontramos en artículo 18, que remite a los estatutos. Claro, porque ésta es una ley básica, por así decir, que se complementa con los estatutos. O, mejor dicho, los estatutos, en cuanto no digan nada, nos hemos de remitir a la ley. Bien, el artículo 18, entonces, manda a los estatutos, y éstos lo dicen bien claro "al mantenimiento de la web...". Punto, final. Que el destino de los bienes remanentes no tiene que coincidir con el fin para el que se creó la asociación es evidente. De hecho, podemos encontrar asociaciones cuyos estatutos tengan en su articulado que se dé el dinero remanente a algo que no tiene nada que ver con la asociación, pero como los estatutos lo dicen, se ha de hacer.
Vamos a ver, me fastidia mucho que se dé otra visión del asunto, diciendo que se es abogado y uno se queda tan ancho, cuando ya ni sabemos cómo es una asociación, y cómo está configurada la ley, que es bien clara al respecto.
Es que, de verdad, se le está tratando de sacar el dinero a la web, que le pertenece por derecho, para dársela a otra asociación, y me mosquea. Me mosquea porque ya estamos tergiversando hasta la ley para conseguir el objetivo, y eso es ir ya contra la buena fe (art. 7 del código civil, si no recuerdo mal).
Me canso de repetir las cosas, y de que se siga insistiendo en lo contrario. Me canso, me mosquea y me huele a chamusquina linda.

Puck
 
Carné Umbriano nº287
27/11/2016, 23:50

Yo me uno a la interpretación de la fiscalía Mooneyes entonces. Suena sensato, algo que diría un abogado xd. 

De todas formas si el ministerio les ha dicho en esa carta que ha de ser escaneada o algo para ponerse que no les deja dar el dinero a umbría, ajo y agua. 

28/11/2016, 00:09

Totalmente de acuerdo con Mooneyes.

28/11/2016, 00:23

Bien, el artículo 18, entonces, manda a los estatutos, y éstos lo dicen bien claro "al mantenimiento de la web...". Punto, final.

No se yo, ¿Quieres decir que puedes poner que los remanentes van para una empresa tuya e irian alli?En ese caso cualquiera podria abrir una asociacion pedir subvenciones, cerrar y quedarse el dinero publico sobrante en el remanente.

Umbria debe de ser una empresa privada veo extraño que se pueda hacer esto. Supongo por eso les tiraron atras los documentos.

28/11/2016, 00:32

Thecape, a ver si lees y eso.

Artículo 37. En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante líquido, lo destinará para fines que no desvirtúen su naturaleza no lucrativa, concretamente al mantenimiento de la Web sin ánimo de lucro www.comunidadumbria.com, en el caso de que ésta siguiera existiendo y siguiera realizando sus labores sin ánimo de lucro.

28/11/2016, 00:36
Editado: 28/11/2016, 00:38

¿Pero sabes la diferencia?

Una empresa, independientemente de la forma jurídica que tenga, es una organización que se establece con el ánimo de obtener un lucro o enriquecimiento. Crear unos rendimientos económicos en función de un trabajo organizado. En definitiva, la idea última es obtener un beneficio económico a resultas de una organización productiva o de trabajo.

Por el contrario y, repito, por el contrario, una Asociación es una organización creada por al menos tres personas que, en pos de un bien común, organizan una serie de acciones para la mejora y consecución de esos fines previamente establecidos en su constitución pero sin finalidad económica alguna, es decir, sin beneficio alguno para el grupo ni ninguno de sus miembros, ya que cualquier exceso económico debe revertir de nuevo a la Asociación, para continuar en ese camino de consecución del bien común.

Una empresa jamas es sin animo de lucro y estoy seguro que umbria debe de estar en el registro de empresas, posiblemente sea un autonomo.

No es lo mismo empresa y asociacion sin animo de lucro ¿Esta umbria en el registro como empresa o como ascociacion sin animo de lucro?

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